El gobierno nacional publicó este lunes a la tarde en el Boletín Oficial la ley de Solidaridad Social y de Reactivación Productiva aprobada por el Congreso la semana pasada. De esta manera, comenzó a regir el impuesto del 30 por ciento a las operaciones realizadas en dólares para turismo o atesoramiento.

El proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva contempla la declaración de la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020, para aplicar medidas ante la crisis económica y social y sentar las bases para promover el desarrollo productivo.

Los principales ejes son la creación de un impuesto a la compra de dólares para turismo o atesoramiento, aumento de alícuotas del impuesto a los bienes personales, moratoria para las pymes, congelamiento y revisión de las tarifas, suba en los derechos de exportación de granos y oleaginosas (retenciones), y la suspensión de la movilidad jubilatoria.

Se eximen de esta medida a las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos ya que ambos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.

Los principales articulos de la ley

-Se crea un impuesto a la adquisición de dólares del 30 por ciento que se aplicará tanto para su atesoramiento como para compras realizadas en el exterior con tarjeta de crédito y débito. Este impuesto regirá por cinco años.

-Se eximen del impuesto a los viajes internacionales a países limítrofes.

-Este tributo no se aplicará para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas. Ni para proyectos de investigación.

-El gobierno podría disminuir la alícuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.

-La recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Ansés, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.

-Se faculta al gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.

-El gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.

-El gobierno quedará facultado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.

-Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar.

-Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas.

-También se da autorización para que el gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.

-Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.

-Se aumentan en forma progresiva el impuesto de bienes personales pero se mantienen exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.

-Se aumenta la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.

-Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.

-Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo.

-Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos ya no pagarán renta financiera.

-El proyeto contempla otorgar facultades al Poder Ejecutivo para incrementar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación a productos agrícolas con topes que no podrán superar el 33% para el poroto de soja y del 15% para los productos que no tributaban la alícuota antes del 2 de septiembre de 2018, entre los que se encuentran el maíz y el trigo, entre otros.

-El Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas.

-La recaudación de los derechos de recaudación se distribuirán en un 67% para Anses y 3% para emprendimientos agropecuarios, y será administrado por el Ministerio de Agricultura.

-Se suspende por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.

-Autoriza al gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.

-Quedan fuera de la suspensión los regímenes las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos ya que esos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.

- Autorizan a disponer aumentos por decreto.

- Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.