El gobierno de Santa Fe tomará los 400 mil millones de pesos a una tasa del 15% anual que le ofreció el gobierno nacional como anticipo de coparticipación. Así lo dispuso un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial que habilita al Ministerio de Economía de Santa Fe a gestionar el ingreso de esos fondos.

Los adelantos de coparticipación se convirtieron en una fuente de financiamiento para las provincias en tiempos de caída de la recaudación por la menor actividad económica. Hasta ahora sólo podían acceder un puñado de distritos, algunos muy alineados políticamente con la administración de Javier Milei.

A mediados de junio, Nación autorizó anticipos financieros por un monto de 400 mil millones de pesos para Santa Fe, Entre Ríos y Jujuy. Y ahora, sobre fin de mes, la Provincia decidió aceptarlos para hacer caja de cara a los compromisos que afrontar en el segundo semestre del año en un contexto de baja de recaudación por la mejor actividad económica.

Entre los considerandos para justificar la toma del dinero, el decreto del Poder Ejecutivo provincial argumenta:

  • Que mediante la celebración de convenios entre la partes se establecen las condiciones financieras de tales anticipos y se estipula la registración y el envío al Ministerio de Economía de la Nación de información fehaciente, suficiente y oportuna que permita el seguimiento de la evolución de las finanzas públicas 
  • Que así las cosas, los convenios celebrados en el marco de la normativa vigente por el Poder Ejecutivo en su carácter de Jefe de la Administración Pública y en representación de la Provincia entran en vigencia a partir de su suscripción sin necesidad de un acto administrativo posterior que así lo disponga. 
  • Que no obstante lo expuesto, a los fines de su operatividad se requiere de la realización de actos posteriores que dispongan las medidas administrativas necesarias en el orden local para su instrumentación y ejecución.
  • Que por todo lo expuesto se considera oportuno y conveniente encomendar al Ministerio de Economía la realización de todas las acciones y/o el dictado de todos los actos que aprueben las medidas que resulten necesarias y pertinentes para garantizar la ejecución de los convenios celebrados por el Gobernador que tengan por objeto el otorgamiento de anticipos financieros en el marco de la Ley Nacional N° 11672