Tal como adelantó el viernes Rosario3, el juez civil y comercial Marcelo Quiroga rechazó el lunes por la tarde el pedido de convocatoria de acreedores del financista Luis Herrera, cuyo millonario default sacude la ciudad.

El magistrado también rechazó la cautelar que el empresario presentó para evitar que este martes Transatlántica le remate su 4.2% del capital social del mercado de futuros Matba Rofex que estaban prendadas por créditos por $340 millones que le dejó de pagar.

Además, otro juez, Alejandro Negroni rechazó anoche un pedido del fiscal Miguel Moreno de suspender de manera provisoria por 30 días hábiles la subasta de acciones, el principal capital conocido que tiene Herrera para hacer frente a su pasivo.

Remate picante

El juez argumento que para suspenderse el remate tendría que haberse hecho una audiencia, por lo que dejó abierta la puerta a que si se hace la audiencia podría caminar la cautelar. El fiscal presentó el pedido luego de reunirse con abogados de tres grupos de inversores que ya están litigando en la Justicia contra Herrera.

Pero abogados de los ahorristas esta mañana enviaron cartas a Byma, el principal mercado de valores del país que prestó la plataforma electrónica para la subasta, para informarles que está el pedido del fiscal de suspender el remate, que se realiza desde las 10, y que harían responsables económicamente a la entidad bursatil por el monto de la venta que se pierde para los ahorristas.

Ante la consulta de Rosario3, el titular del Matba Rofex, Andrés Ponte, explicó que “las acciones de la empresa MatbaRofex están en oferta pública. El mercado donde está listado MatbaRofex y se pueden operar dichas acciones es BYMA”.

“Herrera –continuó– le pidió prestado a Transatlántica dinero y puso en garantía sus acciones de MatbaRofex. Y, según Transatlántica, Herrera incumplió el contrato, por lo cual Transatlántica lo declaró en mora e inició el proceso para cobrarse subastando las acciones de Luis Herrera de MtR que cotizan y se operan en BYMA. En toda esta historia, MatbaRofex no tiene nada que ver. Podrían ser acciones de YPF, de Mercado Libre o cualquier otra empresa. Tocó que fueran nuestras, pero el mercado es 100 ajeno a esta situación”.

No obstante, pese a todas las periplecias judiciales, había cierta expectativa favorable entre ahorristas ya que como apareció fuerte interés por las acciones del Matba, esa puja podría levantar el precio final de la acción quedando más dinero de saldo, una vez que Transatlántica se lleve la que le corresponde.

¿Y la plata?

Sobre la convocatoria de acreedores, a la hora de argumentar las razones del rechazo el juez Quiroga observó la falta de precisiones sobre las razones de la crisis y el destino del dinero, lo que vienen observando y criticando –precisamente- sus clientes.

“El incumplimiento de este recaudo es aún más significativo al no llevar contabilidad de ningún tipo, lo que impide toda reconstrucción del giro comercial del deudor. Y una cosa es que el reconocimiento judicial de la cesación de pagos opere como prueba de la misma y otra, muy distinta, cumplir con el requisito de explicar las causas y hechos de la insolvencia para juzgar sobre la bondad de la solución concursal”, sostuvo el magistrado.

Pero los datos más importantes de la fallida incursión jurídica vienen por el lado del la ruta del dinero de Herrera. El tema es espinoso. Ocurre que la mesa de dinero que conducía Herrera tenía muchos depósitos en dólar blue que iban, supuestamente, a un fondo de inversión que especulaba en el mercado de futuros de Chicago. Y ahí está el grueso del pasivo, que se lo calcula en torno a los 30 millones de dólares. De todo eso no se dice nada en el escrito, pero sí se aporta información sobre las inversiones que hacía Herrera y que nada tenían que ver con las supuestas inversiones financieras en el exterior. ¿Sabían esos sus clientes? 

En la resolución, Herrera expone que comenzó sus actividades vinculadas al mercado de capitales en el año 1983, que a partir del año 1995 se incorporó como operador habilitado del Mercado a Término de Rosario S.A., y que siendo uno de los principales operadores del mercado granario constituyeron un fondo que le fue confiado para su administración, lo que le permitió especializarse y profesionalizarse en la operatoria de futuros.

Y que a partir de allí algunos de los clientes con los cuales tenía construida una relación de confianza a lo largo de los años le asignaron préstamos a título personal para que hiciera operaciones a nombre propio y les generara una rentabilidad continuando dicha actividad hasta el presente. Fue ahí que detalló las inversiones que hizo y entre las que figuran:

1) Agosto 2018; Inversión de 2.520.000 dólares en Uniagro, empresa destinada a producción porcina.

2) Diciembre de 2018: Inversión de 2.500.000 dólares en Tanoni Hnos. S.A., como vehículo para participar en un proyecto de generación de BioGas.

3) Febrero de 2019: Inversión de 905.000 dólares en Smartium S.A.,

4) Agosto de 2019: Inversión de 4.170.000 en cartera de inversión en títulos y acciones con oferta pública 

Otra dato importante de la presentación es que le pone precio a su participación en el Mercado a Término de Rosario S.A., hoy MatBa-Rofex SA: 14.000.000 de dólares. Esa cifra es muy superior a la que se estima hoy se rematarán sus valores prendados. Y el monto a rematarse no es menor ya que el saldo de lo que se lleva Transatlántica quedará para el resto de los ahorristas.

Sobre las razones de las crisis, Herrra relató que “a partir del 12.8.2019 se produjo un severo y abrupto quiebre de expectativas sobre la marcha de la economía argentina que derivó en una fuerte caída de todos los activos, tanto financieros como productivos, agravado por el proceso de reperfilamiento de vencimientos del sector público que se tradujo en mayor iliquidez en inversiones. Indica que a estos factores referidos al tercer trimestre del año 2019 se le suman los efectos que provocó la pandemia por Covid-19 durante el pasado año, traducidos en una caída de los niveles de actividad y un mayor desequilibrio en las cuentas fiscales, con su correlato en más altos índices de inflación y ampliación de la brecha entre el tipo de cambio oficial y las distintas formas de cambio libre”.

Además, explicó “que la caída de valores y concomitante descalce en plazos de recupero de inversiones serían los factores principales que derivaron en la actual situación de iliquidez que sufre, encontrándose así en estado de cesación de pagos”. Otro dato importante: fija como fecha de cesación de pagos el 17.9.2021.

Sobre las razones del rechazo a la convocatoria, la resolución del juez también deja aportes sobre el accionar de Herrera.

Es que el financista afirmó no ser deudor matriculado y por eso dice no estar comprendido en las obligaciones de llevar balances, estados contables y libros de comercio sobre sus clientes.

Sin embargo, sostiene el magistrado, el informe emitido por el Registro Público de Comercio en fecha 10.12.2021, ilustra sobre su condición de comerciante matriculado, constando su inscripción al Tomo 29, Folio 728 Nro. 11342 de fecha 7.03.2007 y la descripción de su actividad como como “Agente de Bolsa”, y por eso “tal condición de comerciante matriculado le impone la obligación de llevar la contabilidad de sus negocios, siendo los registros indispensables los diario, inventario y balance y aquellos que corresponden a una adecuada integración de un sistema de contabilidad que exige la importancia y la naturaleza de las actividades a desarrollar y los que se impongan en forma especial como son el libro registro de operaciones y libro de comitentes”.

“Llama poderosamente la atención la derecha omisión de este recaudo y no sólo por el volumen de los negocios que informó el peticonante sino también por su condición de contador público, licenciado en administración de empresas y reconocido comerciante”, resalta el magistrado.

“Si bien lo expuesto es suficiente para sellar la suerte adversa del pedido de apertura concursal, concurren otras circunstancias que también imponen esta solución”, agrega.

“A poco de analizar lo expuesto por el deudor, se advierte que sus dichos no pasan de alusiones superficiales y sintéticas sobre ciertas operaciones de inversión, la situación económica del país sumada, los efectos producidos por la pandemia Covid-19 y la caída de valores y su concomitante descalce en plazos de recupero de inversiones", agrega el juez

Y finaliza: "Como se comprenderá, no puede darse por cumplido el recaudo de marras con el nivel de generalización evidenciado, pues resulta indispensable la explicación de las causas concretas de la situación y los hechos por los cuales se hubiera manifestado la cesación de pagos a los fines de evaluar la necesidad de la apertura de un concurso preventivo, debiendo realizar una descripción seria, concreta y circunstanciada de las causas que lo llevaron a una situación de insolvencia o cesación de pagos, máxime frente al caudal del giro de sus negocios”.