La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe expresó a las entidades que nuclean a agencias inmobiliarias su preocupación por numerosos planteos recibidos respecto de que estas empresas pretenden cobrar una comisión a las personas que quieren pagar el alquiler a través de transferencia bancaria. Les requirió que se ajusten a las normas vigentes y dejen de percibir este concepto.

En notas dirigidas a la Corporación de Empresas Inmobiliarias de Rosario (Ceir) y a la Cámara de Empresas Inmobiliarias de Rosarios (Cadeiros), la Defensoría recordó la vigencia del decreto de necesidad y urgencia 320 del Estado nacional.

Por éste se dispuso, “con carácter de orden público, que las inmobiliarias tenían un plazo de 20 días para poner a disposición de los inquilinos medios digitales para el pago del canon locativo, sin hacer mención alguna a cargos o costos que ello determinaría”, señala el reclamo.

En su planteo a las cámaras inmobiliarias, la institución santafesina consideró que “las acciones denunciadas atentan contra los locatarios, quienes se encuentran amparados no sólo por el DNU, sino también por la ley de usuarios y consumidores, marco normativo que impone, entre otros derechos, la observancia de trato digno y evitar prácticas abusivas”.

En este sentido, la Defensoría del Pueblo les pidió a la corporación Ceir y la cámara Cadeiros que insten a las inmobiliarias que forman parte de esas entidades a “cumplir cabalmente con el DNU 320 y con la ley nacional 24.240”.