La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva sancionada en diciembre de 2019, permite a los titulares de jubilaciones o pensiones mínimas un reintegro del 15 por ciento del monto total de todas las compras que realicen con las tarjetas de débito que estén vinculadas con la cuenta en la que reciben sus haberes, en comercios minoristas o mayoristas de todo el país.

El mecanismo contempla una suma de hasta 1.200 pesos mensuales por beneficiario, monto que asciende hasta los 2.400 pesos para aquellas personas que perciban hasta una pensión por fallecimiento, siempre que no exceda el haber mínimo garantizado.

El reintegro alcanza a todos los productos de alimentos que se comercialicen en locales de venta por menor y/o mayor en mini, super e hipermercados, kioscos y almacenes que se encuentren inscriptos ante la AFIP, así como los productos de farmacia, siempre que se trate de venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería, productos cosméticos, de tocador y de perfumería.

El reintegro se realiza cuando las compras son abonadas con la tarjeta de débito donde la persona percibe la asignación, pensión o jubilación, pero también se incluyen cuando los pagos se hacen a través de códigos QR.

El monto a reintegrar se acredita –según establece el plazo– dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra en la cuenta donde la persona percibe la asignación, pensión o jubilación, según el horario en que se haya realizado, con la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.

De esta forma, las compras por hasta 8.000 pesos al mes en cualquiera de estos rubros recibirán un reintegro de 1.200 pesos, mientras que las compras por hasta 16.000 pesos al mes recibirán un reintegro de 2.400 pesos para los casos de jubilados que reciban hasta una pensión mínima.

También pueden acceder al beneficio del reintegro los titulares de la Asignación Universales por Hijo (AUH), las titulares Asignaciones por embarazo para protección social, las personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima y las personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima.

Los reintegros correspondientes a los consumos alcanzados por el beneficio figuran en el resumen de cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda “Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541”.

Para consultar si una persona es beneficiaria del reintegro debe ingresar con su Cul a la página de Afip, en el apartado "consulta de nómina de beneficios".