El juez Diego Amarante llamó a declaración indagatoria al presidente de la Asociación Argentina de Fútbol (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, en el marco de una investigación por presunta retención indebida de aportes correspondientes a la seguridad social. Además, a cuatro meses del comienzo del Mundial, dispuso la prohibición de salida del país para los involucrados.

De acuerdo con lo confirmado por TN, Tapia deberá presentarse ante la Justicia el 5 de marzo, mientras que Toviggino lo hará el 6. La citación también alcanza al presidente de Argentinos Juniors, Cristian Ariel Malaspina; a Gustavo Lorenzo; y al expresidente de Racing, Víctor Blanco.

La acusación de ARCA sostiene que la AFA actuó como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social, pero no habría depositado los importes retenidos dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.

La investigación abarca el período comprendido entre marzo de 2024 y septiembre de 2025, e incluye retenciones vinculadas al IVA, al Impuesto a las Ganancias y a contribuciones a la seguridad social.

El organismo explicó que estas maniobras configuran “el delito de omisión, ya que el deber jurídico de actuar surge directamente de la calidad de agente de retención, y la conducta típica se materializa en la falta de depósito del dinero retenido en tiempo oportuno”.

Según la denuncia original, el monto que no habría sido ingresado en tiempo y forma asciende a $7.593.903.512,23, dividido entre retenciones impositivas y retenciones de la seguridad social. Posteriormente, en una ampliación de la presentación, la cifra denunciada se elevó a $11.759.643.331,62. En total, la suma bajo investigación supera los $19.300 millones por aportes y retenciones que no habrían sido depositados.

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Claudio "Chiqui" Tapia junto a Pablo Toviggino (Foto: IG@chiquitapia). 

ARCA precisó que “los importes en cuestión no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención, por lo que su no ingreso implica una indebida apropiación de caudales públicos".

Además, señaló que “desde el punto de vista subjetivo el delito se consuma con dolo, entendido como el conocimiento del deber legal de ingresar las sumas retenidas y la posibilidad real de hacerlo, sin que resulte exigible una intención especial de apropiación”.

En esa misma línea, el organismo afirmó que “la AFA conocía su obligación, había practicado las retenciones y se encontraba en condiciones de cumplir con el deposito, optando sin embargo por omitirlo, lo que satisface el elemento subjetivo requerido por el tipo penal”.

Entre las pruebas aportadas por el ente estatal figuran informes del Banco Credicoop que registran acreditaciones en cuentas de la AFA, así como la constitución de plazos fijos en pesos y en dólares por montos significativos, lo que —según se sostiene— demostraría la “capacidad fáctica” de contar con fondos para afrontar esas obligaciones.