La Cámara Federal de Casación decidió otorgarle el beneficio de la prisión domiciliaria a Julio De Vido, quien fuera ministro de Planificación Federal durante el kirchnerismo. A sus 76 años, el exfuncionario presenta diversas enfermedades crónicas que, según el criterio del tribunal, demandan una atención médica y un tratamiento que resulta imposible de garantizar dentro de un establecimiento penitenciario.
Hasta el momento, De Vido se encontraba alojado en el penal de Ezeiza, cumpliendo una pena de cuatro años por su responsabilidad en la Tragedia de Once. En dicho proceso, la Justicia lo halló culpable de fraude al Estado, considerándolo una pieza clave en la maniobra de corrupción que derivó en el siniestro ferroviario.
La resolución fue dictada por la Sala III de la Casación, con el respaldo de los jueces Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci. Al aceptar el reclamo de la defensa, los magistrados ordenaron al juez de ejecución que determine las normas de conducta y los mecanismos de control periódico que el exministro deberá seguir en su domicilio.
Para justificar la medida, los jueces hicieron hincapié en la fragilidad de su salud. Detallaron que De Vido necesita una dieta específica, seguimiento clínico constante, medicación diaria y una infraestructura de salud adecuada. El fallo también menciona un reciente problema cardíaco que lo posiciona como un paciente de alto riesgo cardiovascular, situación que complica su permanencia en la cárcel.
En este sentido, el tribunal citó informes del Cuerpo Médico Forense, los cuales alertaban que el sistema carcelario era un entorno "inadecuado" para su cuadro. Según los expertos, de no cumplirse con todos los requisitos médicos, existiría una alta probabilidad de descompensaciones y daños irreversibles en su salud.
Sobre su reciente crisis coronaria, los magistrados relataron que el exministro debió ser internado por una arritmia y sometido a una cardioversión eléctrica. También se le practicó una angioplastia con colocación de stent y revascularización, lo que lo obliga a seguir un tratamiento estricto con fármacos anticoagulantes y antiarrítmicos, sumado a sus patologías de base.
Ante este panorama, se concluyó que la unidad penitenciaria no cuenta con los recursos suficientes para cubrir estas necesidades.
Cabe recordar que la condena de De Vido quedó firme en noviembre pasado por decisión de la Corte Suprema, vinculándola directamente al choque de trenes ocurrido el 22 de febrero de 2012, donde murieron 51 personas. Tras ese fallo, se había hecho efectivo su traslado a prisión.
La situación judicial de De Vido en este caso tuvo varias etapas. No fue parte de la primera sentencia de 2015, donde fueron condenados el maquinista Marcos Córdoba, directivos de TBA y los exsecretarios de Transporte Jaime y Schiavi. En aquel juicio se determinó que el choque fue causado por la falta de mantenimiento de las formaciones —pese a los subsidios estatales— y la negligencia del conductor, pero se ordenó profundizar la investigación sobre la responsabilidad del entonces Ministro de Planificación.
Finalmente, en 2018, el Tribunal Oral Federal Nº 4 le impuso una pena original de cinco años y ocho meses por administración fraudulenta, al entender que De Vido falló en su deber de controlar los fondos públicos entregados a la concesionaria TBA. No obstante, en aquel momento fue absuelto por el delito de estrago culposo, que es el cargo relacionado directamente con las muertes y heridos del accidente.



