A partir de la difusión del video –en el que una mujer filmó al conductor de un colectivo mientras manejaba a pesar de estar inhabilitado para hacerlo, por haber atropellado y matado a su hijo– la Asociación Civil Luchemos por la Vida explicó qué se necesita para evitar que esto suceda. “El Código Procesal Penal y los jueces deben ayudar a prevenir este enorme peligro a la sociedad”, afirman desde la institución.

Carmen Lusardi no podía creer lo que veía. Subió a un micro para trasladarse desde La Plata hasta Buenos Aires y descubrió que el chofer que lo conducía era Carlos Ibañez, el hombre que fue penado con dos años de cárcel y ocho de inhabilitación para manejar, tras atropellar y matar a su hijo de 14 años, cinco años atrás, a la entrada de la escuela en La Plata.

Ibañez había sido condenado a dos años y ocho meses de prisión, en suspenso, e inhabilitado para conducir por ocho años. Pero, la sentencia fue apelada por su abogado defensor y por tanto no estaba firme.

La pregunta inevitable de sentido común que retoma Luchemos por la Vida es, “cómo puede ser que un chofer profesional que iba a 80 Km/h delante de una escuela y mató, pueda seguir conduciendo por todos los años que dure el juicio, injustificadamente largo”.

Frente al planteo, su presidente, Alberto José Silveira advierte que “los Códigos Procesales Penales de cada provincia deberían incluir un artículo que faculte al juez en todo proceso por lesiones graves o muerte causadas por el conductor de un automotor, a inhabilitar preventivamente para conducir al imputado por todo el tiempo que dure el proceso”.

Y agrega: “Esta facultad ya existe en el Código Procesal Penal de la Nación (art. 311 bis) y otros. Donde ya está vigente, los jueces deben aplicarla, antes que estos procesados puedan llegar a matar por segunda vez”.