Los jueces provinciales deberán retener las armas de fuego de las personas denunciadas por ejercer violencia de género o contra su familia. Se trata de un proyecto elaborado por el diputado Jorge Henn que fue sancionado esta semana en el Senado.

Según informó el legislador en un comunicado de prensa, la cámara de Senadores dio sanción definitiva a la normativa de autoría del legislador, quien expresó: “El secuestro preventivo de armas de fuego en situaciones de violencia es el primer gran paso para lograr una política integral de convivencia pero fundamentalmente para salvar vidas. Lamentablemente, las armas son parte constitutiva de la matriz violenta que hoy envuelve a nuestra sociedad y el uso de armas de fuego agrava los escenarios”.

“Estamos trabajando para que casos como el de Cristina Alejandra Sandoval, quien meses atrás fuera asesinada con un arma de fuego presuntamente por su pareja mientras cuidaba los hijos de su vecina, no ocurran más”, advirtió. Y recordó que según el Ministerio Público de la Acusación y el Ministerio de Seguridad y el de Salud, dos de cada tres homicidios en nuestra provincia se cometen con armas de fuego.

La normativa aprobada en el recinto de sesiones modifica el artículo 5 de la Ley nº 11529, “Protección contra la Violencia familiar”, incorporándole el inciso f, el cual establece que el juez interviniente ordenará el secuestro preventivo de las armas de fuego y municiones que posea el denunciado. Así como también, ordenará el secuestro preventivo de otras armas que pudiera presumirse se hallen en poder del denunciado.

“Con el secuestro preventivo de armas y municiones que posea el denunciado se prevé proteger a los integrantes de la familia de las víctimas, en especial a las mujeres y niños que son los más vulnerables ante estas agresiones”, observó el diputado.

A partir de esta nueva reglamentación los jueces de familia y auxiliares de Justicia al momento de tomar conocimiento de una denuncia, además de estar obligados a requerir un informe sobre si el denunciado está autorizado para tener o portar armas de fuego como dicta la ley actual, también deberán disponer inmediatamente el secuestro preventivo de las armas y municiones que posea el sujeto.

Antecedente directo

La mencionada norma continúa la política de seguridad pública promovida por la provincia y es concordante con otro proyecto del diputado Henn, convertido en ley el año pasado, por el cual se modificó el Art. 240 del Código Procesal Penal. La modificación establece el secuestro preventivo de armas por parte de los fiscales.

“La prevención del delito es fundamental. Se requiere trabajar en la eliminación de causas, factores y condiciones que son los que permiten que estos problemas que encierran luchas de poder y machismo, se desarrollen y fortalezcan”, enfatizó el ex vicegobernador.