La Cámara de Apelaciones en lo Penal revocó parcialmente el fallo que absolvió a Gabriel Strumia y Roxana Michl y los condenó a 17 y 7 años respectivamente por la desaparición y muerte de Paula Perassi, pero por ahora no van a prisión. En primera instancia la Justicia provincial absolvió a los nueve acusados, cuatro civiles y cinco policías. Para siete de ellos se ratificó esa resolución. La sanlorencina fue vista por última vez el 18 de septiembre de 2011. 

Los jueces Gustavo Salvador, Javier Beltramone y Carolina Hernández, quienes revisaron lo resuelto en primera instancia, leyeron la resolución en los tribunales provinciales ubicados en Balcarce 1651. 

El juez camarista Gustavo Salvador leyó el fallo pasadas las 13.30 de este jueves. En un primer punto ratificó las absoluciones por unanimidad para Mirta Rusñisky, presunta autora de la interrupción del embarazo de Paula; Antonio Díaz, empleado de Strumia, al ex jefe de Cuerpos de San Lorenzo, Daniel Puyol acusado por el delito de encubrimiento por favorecimiento personal y real y por no denunciar la perpetración de un delito; y para el resto de los uniformados, Jorge Krenz, Gabriel Godoy, María José Galtelli y Aldo Gómez, quienes habían sido fueron apuntados con los delitos de encubrimiento por favorecimiento personal, por no denunciar la perpetración de un delito cuando estaba obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por sustracción y destrucción de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente y falsedad ideológica de instrumento público en concurso real, en calidad de autor.

En un segundo punto, informó que se revocaron las condenas para Gabriel Strumia y su esposa Roxana Michl, acusados de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y aborto sin consentimiento seguido de muerte en calidad de coautor y en concurso real. Para ellos la Fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua y este jueves fueron condenados a la pena de 17 años de prisión Strumia y 7 a Michl, aunque no quedarán en prisión debido a que el fallo no quedó firme. 

Strumia y Michl deberán cumplir con una serie de reglas de conducta: deberán comparecer semanalmente ante la Oficina de Gestión Judicial de San Lorenzo; tienen prohibida la salida del país y deberán entregar sus pasaportes; no podrán modificar el domicilio donde tienen fijada su residencia sin previo conocimiento del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

El tribunal: Beltramone, Salvador y Hernández.