El fiscal Adrián Spelta habló este jueves sobre la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal en el juicio por el asesinato del personal trainer Marcos Guenchul. Se trata de un giro en la causa ya que solicitaron que todos los involucrados en el crimen tengan prisión perpetua, dejando sin efecto los 20 años de condena que habían recibido Santiago Caio Soso y Maximiliano Panero y la absolución de Priscila Denoya.

Para el funcionario del Ministerio Público de la Acusación, esta resolución fue una reivindicación al trabajo de la fiscalía ya que permite “entender que no estábamos desacertados en el pedido que habíamos hecho inicialmente y que resolvieron los  magistrados por mayoría”.

Lo que entendió el tribunal es que hubo una coautoría funcional. Es decir que no necesariamente estaban todos gatillando, pero sí han tenido que cumplir un rol cada uno porque hubo una planificación conjunta y luego cada uno ejecutó su rol”, sostuvo en diálogo con Radiópolis (Radio 2).

Según explicó Spelta, lo que le atribuyen a Denoya es “haberse reunido junto con Soso con el ejecutor (Panero) en Villa Gobernador Gálvez, en dos oportunidades”. “Ellos (Soso y Panero) fueron a ejecutar y luego se dirigieron al domicilio donde estaba Priscila, quien llevó al autor material hasta el domicilio para que, una vez concluido el hecho que cada uno siga con sus actividades”, detalló.

“Su conducta fue planificarlo, concretar la reunión con el ejecutor, luego el ejecutor y Soso lo llevan a cabo y luego ella lo lleva a su domicilio”, resumió el investigador.

Pese a mostrarse satisfecho por la resolución, Spelta aclaró que la condena aún no está firme y que los involucrados podrán apelar. “Al ser esta una resolución que empeoró la situación de la imputada, tiene derecho de ser revisada por otro tribunal. En este caso se trata de una apelación horizontal porque es la misma Cámara de Apelaciones, pero en otra sala, la que va a revisar esa prisión perpetua”, explicó el fiscal.

Hasta que la condena quede firme, la Justicia habilitó a Denoya a que pueda cumplir la prisión preventiva en su domicilio, dado que fue madre hace tres meses. Pero esto se concretará una vez que la oficina judicial consiga una tobillera electrónica que permita tener monitoreada a la mujer.

“Cuando sea el momento de la condena el juez de instrucción resolverá si continúa en domiciliaria. El código prevé que las personas con hijos menores de 5 años puedan cumplir las condenas, mientras los menores tengan esa edad, en su domicilio. Pero cada juez resuelve según cada caso particular”, concluyó.