La ley de reforma laboral que sancionó el viernes pasado el Senado comenzó a regir este viernes, una semana después, luego de que el gobierno la promulgara y publicara en el Boletín Oficial.

La norma produce un cambio profundo en la regulación del mercado de trabajo en la Argentina. Los cambios más profundos que introduce la nueva legislación involucran el régimen de indemnizaciones, la organización de la jornada laboral, la regstración y la estructura de aportes patronales y sindicales.

Los siguientes son las siete puntos centrales de la nueva ley:

1- Nuevo cálculo de indemnizaciones. Se toma solo la remuneración mensual, normal y habitual. Quedan excluidos aguinaldo y vacaciones. La actualización de créditos laborales será por IPC + 3% anual. La indemnización pasa a ser la única compensación. Las sentencias judiciales se pueden pagar en cuotas

2- Banco de horas y vacaciones. Se habilita el banco de horas por acuerdo escrito. Permite compensar horas extras respetando descansos. Las vacaciones podrán fraccionarse en períodos de al menos 7 días. Se mantiene el período octubre-abril, salvo acuerdo distinto.

3- Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Se crea el Fondo de Asistencia Laboral, financiado con aportes mensuales de los empleadores:1% de las remuneraciones en grandes empresas: 2,5% en medianas y pequeñas.
El Ejecutivo puede elevar esos porcentajes (hasta 1,5% y 3%) con aval legislativo.
Son recursos que antes integraban el circuito de contribuciones al sistema previsional, es decir, iban a la Ansés como parte del financiamiento de jubilaciones y pensiones.

4- Fondos de cese por convenio. Los convenios colectivos podrán crear fondos de cese con capitalización individual. El empleador aporta mensualmente. Al finalizar la relación laboral, el trabajador cobra lo acumulado. Debe pactarse en paritarias y no puede implicar pérdida de derechos.

5 - Período de prueba más largo. Se amplía a 6 meses. En empresas de hasta 5 empleados, hasta 8 meses. Durante ese tiempo puede haber despido sin indemnización. 
Igual deben registrarse los vínculos y pagarse aportes.

6 - Eliminación de multas por empleo no registrado. Se eliminan sanciones por trabajo en negro. Se crea un régimen de regularización sin multas. El empleador deberá pagar diferencias salariales y previsionales.

7 - Límites a aportes sindicales. Tope del 0,5% a aportes patronales a cámaras. Aportes de trabajadores no podrán superar el 2%. Se elimina la retención automática de cuota sindical sin consentimiento. Se mantiene el 6% para obras sociales.