El Senado aprobó este jueves a la madrugada la media sanción de la Ley de Modernización Laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. tras semanas de negociaciones con la oposición dialoguista. El oficialismo logró blindar el dictamen con 28 modificaciones y concesiones estratégicas que terminaron de inclinar la balanza, y la norma fue apoyada por 42 legisladores que se impusieron a los 30 que votaron en contra con unas 20 modificaciones más.
Ahora, la norma será girada a la Cámara de Diputados y el oficialismo aspira a poder votar esa iniciativa antes del 27 de febrero, según informaron fuentes parlamentarias a la Agencia de Noticias Argentinas.
El gobierno de Javier Milei cosechó 42 votos que fueron aportados por la Libertad Avanza, el radicalismo, el PRO, Independencia, Frente Social de la Concordia, Despierta Chubut, Primero los Salteños, Provincias Unidas, Frente Cívico, y la Neuquinidad.
La reforma laboral tiene media sanción.
Ahora sí: un proyecto con orden, reglas claras y aportes de todos.
A los que hicieron de la industria del juicio un negocio, se les termina.
Estamos a un paso de un cambio histórico para la Argentina: basta de informalidad y… pic.twitter.com/Es9snFHHYl— Patricia Bullrich (@PatoBullrich) February 12, 2026
El proyecto se votó con el respaldo de los 20 legisladores de la LLA, 10 de la UCR, 3 del PRO, 2 del Frente de la Concordia Social, 2 de Provincias Unidas, y 1 del Frente Cívico, 1 de Independencia, 1 de Despierta Chubut, 1 La Neuquinidad, Y 1 Primero los Salteños
De esta manera, el oficialismo recibió el apoyo de los gobernadores de Salta Gustavo Sáenz, de Tucumán Osvaldo Jaldo, de Chubut Ignacio Torres, de Neuquén Rolando Figueroa, de Corrientes Juan Pablo Valdes, de Córdoba, Martín Llayorda, y d. Misiones, Hugo Passalacqua.
Por su parte, los 30 votos de rechazo a la ley fueron aportados por el interbloque del peronismo conformado por el bloque Justicialista, Convicción Federal, y el Frente Cívico de Santiago del Estero que reunió 28 a los que sumaron dos legisladores de Santa Cruz.
En el último tramo asistieron a la sesión la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; el ministro del Interior, Diego Santilli; el subsecretario Eduardo "Lule Menem", y el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.
Gran trabajo, gran equipo. Fin. pic.twitter.com/qeCJf5p1DX— Manuel Adorni (@madorni) February 12, 2026
Cómo quedó el proyecto
La norma avanzó con cambios respecto del texto original. Acá los puntos principales de la ley que cosechó media sanción en Diputados, de acuerdo a La Nación.
1.- Modificación de la ley de contrato de trabajo
El proyecto incorpora cambios profundos en las relaciones de trabajo, flexibiliza las condiciones de contratación y modifica sustancialmente el esquema de indemnizaciones. Introduce una significativa rebaja de las contribuciones patronales, uno de los puntos más discutidos.
¿Habrá cambios en las remuneraciones?
Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al mérito “personal” del trabajador o productividad.
En caso de despido, ¿cómo se calcularán las indemnizaciones?
Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. Se habilita a las pyme el pago en cuotas.
¿Quién pagará las indemnizaciones por despido?
Se dispone la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se financiará con el aporte obligatorio que realizan los empleadores y la Anses dejará de percibir esos ingresos. La administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores. Hace una segmentación de 1% para las grandes empresas y 2,5 % para las pymes.
¿Qué pasará con las vacaciones?
El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.
¿Se reducirán o se extenderán las jornadas laborales?
Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo. Respecto de las horas extra, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.
¿Se limita el derecho de huelga?
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%. El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas. Finalizada una conciliación obligatoria, los sindicatos deberán presentar con anticipación un plan de ejecución de la medida de fuerza. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.
2.- Formalización y creación de empleo
La reforma contiene una serie de incentivos impositivos para la contratación de nuevos trabajadores y para la registración de aquellos que están en la informalidad. El objetivo es alentar la creación de empleo registrado, aunque los críticos señalan que estos beneficios tributarios a los empleadores contribuirán a desfinanciar el sistema previsional.
¿Qué beneficios impositivos se prevén para la formalización de trabajadores en negro?
El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.
¿Se prevé un nuevo blanqueo laboral?
El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses (cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social), la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.
¿Qué incentivos se proponen para contratar nuevos trabajadores?
El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones). Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo y haber sido empleado público.
3.- Justicia laboral
La reforma introduce modificaciones en la ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo con el propósito de acelerar el traspaso del fuero laboral nacional -adverso a las políticas del Gobierno- a la órbita de la ciudad de Buenos Aires.
¿Qué se propone para desactivar los juicios laborales prolongados?
La reforma se propone desalentar la llamada “industria del juicio”. Por eso establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme, es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos.
4.- Incentivos para medianas empresas
Se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) que regirá por dos años. Entre los beneficios se destaca la amortización acelerada y la devolución anticipada de IVA a inversiones.
¿Qué sectores podrán acogerse a este régimen? ¿A partir de qué monto?
Está destinado a pequeñas y medianas empresas interesadas en invertir en la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras destinadas a actividades productivas en el país. El monto de las inversiones varía según la envergadura de la empresa; parte de U$S 150.000 a U$S 9 millones.
¿Qué beneficios impositivos contempla?
Posibilita la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, es decir, permite a los beneficiarios depreciar sus inversiones productivas en plazos más cortos. Facilita, además, la devolución de saldos a favor de IVA generados por las inversiones, sujeta a un cupo presupuestario anual y a un plazo de tres períodos fiscales.
Disturbios
La protesta contra la reforma laboral terminó en una batalla campal en Buenos Aires, con disparos de proyectiles de goma, chorros de agua y gases de la Policía y el lanzamiento de piedras por los manifestantes, en una jornada de alta tensión que se saldó con policías heridos y manifestantes detenidos.
La ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, informó a primera hora de la tarde, a través de la red social X, de tres agentes de la Gendarmería y un policía heridos, así como de dos personas detenidas.
Monteoliva dijo que los manifestantes pertenecían a "grupos de izquierda" que actuaron "de manera organizada, con violencia premeditada y armamento casero para agredir y generar caos".
"Las van a pagar", amenazó la ministra, mientras los gases rociaban los rostros de los manifestantes y las piedras volaban sobre las cabezas de los policías.



