El Gobierno nacional resolvió extender por tres meses la eliminación de los derechos de exportación para productos de aluminio, acero y sus derivados que se vendan a países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45%. De este modo, la exención seguirá vigente hasta el 31 de marzo de 2026, según se oficializó este miércoles en el Boletín Oficial.
La decisión quedó plasmada en el decreto 930/2025, que modificó el plazo originalmente previsto, el cual vencía este 31 de diciembre. Con la prórroga, el Ejecutivo busca sostener la competitividad de las exportaciones argentinas, en especial en sectores que cuentan con “capacidades productivas relevantes” y que tienen un peso estratégico dentro de la estructura industrial del país.
En los considerandos, la norma remarca que las ramas de aluminio y acero generan empleo, volumen exportador y valor agregado, por lo que resulta necesario sostener herramientas que atenúen el impacto de las barreras comerciales impuestas por otros países.
La exención había sido establecida inicialmente por el decreto 726/2025, dictado en octubre pasado, que fijó en cero la alícuota del derecho de exportación para una serie de productos incluidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). El beneficio aplica siempre que el destino de las exportaciones sean países que, al momento de la entrada en vigencia de la norma, impongan aranceles de importación iguales o superiores al 45%.
El objetivo de la medida fue dar respuesta a las restricciones comerciales adoptadas por algunos mercados internacionales que, mediante aranceles “ad valorem” de magnitud significativa, limitan el ingreso de productos de aluminio y acero. Según el Gobierno, estas políticas constituyen formas de proteccionismo que afectan de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas.
El nuevo decreto, firmado por el presidente Javier Milei, justifica la prórroga al señalar que “resulta necesario mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino” derivados de las medidas de protección del mercado interno aplicadas por otros países. Así, quedó confirmado que el beneficio se mantendrá hasta fines de marzo del próximo año.
El alcance de la exención comprende una nómina de posiciones arancelarias detalladas en el anexo del decreto original, entre las que se incluyen laminados planos de hierro o acero sin alear, chapados o revestidos; productos de aceros aleados; tubos y perfiles huecos de hierro o acero; y diversas manufacturas de aluminio, como aluminio en bruto, barras, perfiles, alambres, chapas, tiras y hojas delgadas.
Asimismo, el decreto establece que la secretaría de coordinación de producción del ministerio de economía será la autoridad encargada de dictar las normas aclaratorias, complementarias y operativas necesarias para la correcta aplicación del régimen.
Entre sus funciones, deberá informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) la nómina de países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45% a las mercaderías alcanzadas, así como notificar cualquier modificación que se produzca en esos tratamientos arancelarios.



