Uno de los detenidos por el crimen de Lucas Cicarelli en la costanera central fue examinado por médicos que determinaron que no comprendía la criminalidad de sus actos y será sometido a otra pericia. En tanto, una junta médica definirá si el acusado de torturar a una mujer en Eva Perón al 6300 es inimputable luego de que un médico forense determinó que el hombre de 48 años arrestado tampoco podía dar cuenta de lo hecho.
Ambos casos despertaron cuestionamientos acerca del destino de las personas que evidencian alguna perturbación mental y cometen actos de violencia. En este sentido, el ministro de Seguridad provincial, Pablo Coccioni, aclaró lo que determina el Código Penal para este tipo de casos. En diálogo con De boca en boca (Radio 2), sostuvo: “Tiene dos respuestas posibles, si a usted lo declaran culpable de un delito, le aplican una pena y va a la cárcel y, si usted es declarado inimputable, le aplican una medida de seguridad y también va a la cárcel porque el Código Penal indica que el juez ordena la reclusión del inimputable”.
“La palabra reclusión denota que es una privación de la libertad nada más que en vez de ser título de pena es a título de seguridad por lo cual no tiene límite temporal”, remarcó y precisó: “La pena puede ser 10, 20 años o perpetua, porque siempre tiene una medición temporal. En cambio, la medida de seguridad no tiene un límite temporal: usted va a estar ahí por tiempo indeterminado hasta que un cuerpo de peritos determine que han cesado las cuestiones que a usted lo hacían peligroso. Usted tiene que probar que ya no es peligroso”.
Para el Gobierno en el caso del homicidio de Lucas Cicarelli, el acusado en cuestión, si finalmente es declarado inimputable, “tiene que estar alojado a disposición del Servicio Penitenciario, tiene que cumplir reclusión”.
“Nosotros garantizamos la seguridad en un contexto de reclusión”, confió y consideró: “No puede ir al Agudo Ávila que es de puertas abiertas, no puede ir a Colonia Oliveros que es de puertas abiertas, ni a su casa con acompañante terapéutico. No, el Código Penal dice reclusión y nosotros como Provincia ofrecemos el Servicio Penitenciario como el lugar más idóneo”.
Según explicó, “la tendencia actual es que nada prohíbe que conviva con otros internos si las medidas de seguridad lo permiten. Si hay que aislarlo hay medidas para eso. No necesariamente es un dispositivo o un edificio. Hay equipos de salud mental, los organismos técnicos criminológicos y los equipos de profesionales del sistema penitenciario que le van a dar un tratamiento acorde a la medida de seguridad que le fue impuesta, pero todo eso se decide intramuros”.
Cocconi reiteró que “una vez que está de la cárcel para adentro es responsabilidad del Estado garantizar atención en salud mental y tenemos equipos profesionales para ese fin”. Y subrayó: “Lo que no podemos permitir es que una persona, si así lo determina la Justicia, exhibe un grado de peligrosidad y no puede hacerse responsable de sus actos si lo declaran inimputable por este hecho esté deambulando por la calle, ¿vamos a tener que esperar que haya otra muerte?”.
Consultado acerca del frondoso prontuario del joven que acumuló 14 ingresos a comisarías en el último año, el ministro explicó: “En este caso tenemos que distinguir el evento actual de los anteriores. Todavía no pasó nada porque estamos a la espera de las resoluciones judiciales. Y en las causas anteriores no tengo constancia de que haya habido declaración de inimputabilidad”.
Por último, admitió que “la acumulación de causas resulta preocupante, pero hasta ahora no ha estado el tema de una supuesta inimputabilidad. En todo caso habrá que evaluar la gravedad de los hechos anteriores y si no se debió actuar con mayor severidad en los momentos previos”.



