Con la temporada de verano a la vuelta de la esquina y la posibilidad de poder moverse a lugares de descanso, el gobierno nacional a través del Ministerio de Turismo desarrolló una guía para acceder a playas y balnearios en todo el territorio argentino.

Las autoridades aconsejan que los municipios con estos espacios de relajación contengan una señalización que incluya información sobre las medidas de distanciamiento social en lugares visibles, higiene y un protocolo a seguir ante la presencia de síntomas sospechosos de COVID-19.

La guía para la gestión de playas públicas (playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra) destaca entres sus principales puntos:

  • Infraestructura e instalaciones deben garantizar el distanciamiento social obligatorio. Se podrán utilizar líneas demarcatorias que delimiten los espacios para asegurar el cumplimiento de los límites de densidad de ocupación y de distancia mínima, promover una circulación en sentido único para el ingreso y egreso de la playa, entre otros.
  • Se recomienda que el municipio establezca los mecanismos necesarios para que las personas dispongan sus objetos personales (toallas, reposeras y otros) y permanezcan en la playa pública respetando el distanciamiento interpersonal de seguridad establecido. También se sugiere proveer espacios adecuados para la higiene de manos.
  • En aquellas playas que cuenten con unidades de sombra disponibles al público, se recomienda distribuirlas respetando la distancia social obligatoria, controlar que carpas y sombrillas de las y los turistas, así como la zona de circulación entre cada una de ellas se ubiquen de manera tal que respeten la distancia social mínimo de seguridad vigente.
  • En caso de haber áreas de recreación, deberán respetar las medidas de limpieza, desinfección y distanciamiento. En relación con los espectáculos en playas públicas, se sugiere no realizarlos, a efecto de evitar el aglomeramiento de personas.
  • Los servicios turísticos en playas públicas, ya sean gestionados por el municipio o concesionados, deberán ser brindados en cumplimiento de los protocolos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes correspondientes a cada actividad.

El protocolo para Balnearios (playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra) recomienda:

  • Fomenta la gestión de reservas y pagos de manera electrónica, establece medidas de control a las/los visitantes previo a su ingreso al balneario y determina espacios de entrada y salida diferenciada a fin de minimizar las filas y evitar la aglomeración de personas.
  • En caso de disponer estacionamiento propio, recomienda dejar libre un módulo entre autos, para evitar la congestión de personas.
  • Carpas y sombrillas, plantea la definición de una capacidad máxima garantizando el distanciamiento social obligatorio, incluso en las zonas de circulación. En caso de habilitar juegos infantiles, recreativos y áreas deportivas, se deberá garantizar la adecuada y frecuente limpieza y desinfección. De no ser posible, permanecerán cerradas.
  • La apertura y el uso de piscinas, SPA y gimnasios quedará sujeta a la autorización de la autoridad jurisdiccional competente para funcionar. En caso de estar autorizado su funcionamiento, deberá respetar las condiciones sanitarias que la jurisdicción local establezca.
  • Se comunicará a las y los visitantes no tocar los productos/el equipamiento (sillas, sillones, reposeras y sillas anfibias) que estén exhibidos para préstamo, venta o alquiler y se garantizará su limpieza y desinfección antes y después de cada uso.
  • Los bebederos comunitarios serán inhabilitados y se dispondrán cestos de residuos, en áreas de espera y/o de alto tránsito, de boca ancha y sin tapa o con tapa accionada con pedal.

Las guías recomiendan limpiar y desinfectar pisos, paredes de sanitarios y toda superficie o elemento de uso y contacto frecuente durante el servicio y una vez finalizado, el control frecuente de sanitarios y vestuarios, disponibilidad de agua y jabón y/o alcohol, toallas de papel, cestos con tapa no manual. Las duchas y lavapiés deberán ser utilizados individualmente.

Ambos documentos fueron elaborados por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, en conjunto con el Instituto de Calidad Turística Argentina (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo (CAT) y las provincias a través del Consejo Federal de Turismo (CFT).