El decreto del gobernador Omar Perotti que prohibe actividades desde las 19.30 comenzó a regir el sábado pasado pero tiene vigencia todos los días de la semana para varias actividades, además del rubro gastronomía y el sector comercial.

El texto firmado por el mandatario provincial tiene una vigencia de 14 días corridos; es decir, hasta el viernes 11 de septiembre inclusive, e incluye a las localidades del departamento Rosario y también a Pujato, Coronel Amold, Villa Constitución, Venado Tuerto y Firmat.

El decreto dice que “no podrán realizarse más allá del horario de las 19.30 horas, ningún día de la semana, las actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del aislamiento, social, preventivo y obligatorio y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.

La medida abarca al comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías de rubros esenciales y no esenciales, con excepción de las farmacias de turno.

Tal como se informó este fin de semana, las salidas breves para caminatas de esparcimiento también quedarán suspendidas desde las 19.30 todos los días de la semana.

Los locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados) “solo podrán permanecer abiertos hasta las 23 horas para brindar los servicios de envío a domicilio, y hasta las 22 horas bajo la modalidad "para llevar" ("take away"), con la dotación mínima de personal estrictamente necesario a esos fines”.

También deberán cerrar a las 19.30 los shoppings y no podrá haber actividades religiosas individuales y reuniones o ceremonias grupales, en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

El decreto también incluye la suspensión desde las 19.30 del ejercicio de profesiones liberales; actividad inmobiliaria y mudanzas; obras privadas, la actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares; actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad administrativa y académica de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, incluidos los exámenes presenciales que hubieren sido autorizados.

No podrán permanecer abiertos desde las 19.30 los gimnasios, a los fines de la práctica de actividades deportivas y físicas ni tampoco se podrá concurrir a los cementerios.

El decreto de Perotti también incluye dentro de las suspensiones vespertinas “museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados; pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas; actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo; preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales; actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos”.

El decreto establece también que “con posterioridad a los horarios establecidos (19.30), los desplazamientos de las personas en las localidades comprendidas, deberán limitarse estrictamente a los necesarios por razones de salud o de fuerza mayor, o para el retorno a sus domicilios, siendo obligatorio en todos los casos el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón correctamente colocados”.

El decreto