Un cuidacoches fue detenido el lunes pasado en el centro de Rosario tras la denuncia de una mujer por “amenazas y extorsiones”. Se trata de un hombre que suele frecuentar la zona de Mendoza al 1300 y al que los vecinos ya tienen identificado por episodios similares. La fiscal Verónica Ballari le dictó una prohibición de acercamiento por 72 horas.

Según fuentes de la secretaría de Control municipal, los problemas entre el hombre y los vecinos no son nuevos. Sostienen que había extorsionado a otras personas anteriormente, incluso a quienes estacionan allí para ingresar a una academia de música ubicada en la cuadra.

Mencionaron, a su vez, que pretendía cobrar por la “protección” de dicho instituto, blanco de un robo durante la semana pasada en el que se llevaron una gran cantidad de instrumentos. Incluso, de acuerdo a la versión de los agentes del municipio y a diversos testimonios, el cuidacoches aseguraba estar involucrado en el hecho. 

Los agentes municipales y policiales acompañaron a la mujer a realizar la denuncia y luego se detuvo al hombre apuntado. Fue trasladado a la Comisaría 2da, donde se le inició una causa por amenazas, y la fiscal interviniente, Verónica Ballari, le dictó una orden de restricción de 72 horas con cumplimiento efectivo a partir de este martes.

Sin regulación, rige el Código de Convivencia


A fines de 2022, la regulación de la actividad de cuidacoches en la ciudad volvió a estar en la agenda pública a raíz de diversas denuncias por incidentes y descontrol por su presencia en eventos masivos. Aunque el Concejo Municipal lo empezó a discutir a partir de tres proyectos presentados que buscan normarla, en contraposición a un artículo del Código de Convivencia que los sanciona, finalmente ninguno avanzó. 

El Código fue actualizado en noviembre de 2021 y puesto en vigencia en agosto de este año. Cuando se debatió en el recinto, un artículo fue apuntado por el oficialismo como el que serviría para sancionar a los cuidacoches de la ciudad, aunque fue el más cuestionado durante la discusión: logró aprobarse con 13 votos a favor y 11 en contra.

El artículo en cuestión es el 300, enmarcado dentro del capítulo de “Faltas de peatones”, y establece: “La persona que, mediante actos determinados obstruya o altere la fluidez o seguridad del tránsito, o que mediante actos extorsivos y/o de cualquier otra manera se arrogue preferencia de uso sobre la calzada o parte de la misma sin autorización alguna de la autoridad, será sancionada con multa de 10 a 200 UF y/o con la realización de tareas educativas y concientizadoras”.

La reñida votación que permitió su incorporación al Código, aprobado en general por unanimidad, generó discusiones y contrapuntos entre ediles de diferentes sectores políticos: mientras el oficialismo defendió su inclusión, ediles opositores espetaron que no era realmente útil para solucionar el problema de fondo y que cargaba la responsabilidad en los vecinos de denunciar las extorsiones.