El Poder Ejecutivo avanzó con un decreto de necesidad y urgencia que introduce modificaciones de fondo en la ley de Inteligencia Nacional. La medida redefine el esquema del sistema, concentra el manejo operativo en la SIDE y reorganiza áreas internas que, aunque recortan algunas funciones, amplían su peso político e institucional. El texto, sin embargo, incorpora disposiciones controvertidas: declara de carácter “encubierto” a la totalidad de las tareas de inteligencia y habilita a los agentes a efectuar aprehensiones en situaciones de flagrancia o mediante orden judicial.

El DNU fue oficializado en el Boletín Oficial del viernes 2 de enero, luego de que se filtrara el día anterior junto con la resolución que autoriza incrementos salariales para ministros y altos cargos. Entre sus ejes centrales establece que todas las actividades de inteligencia serán consideradas sensibles y reservadas, con el argumento de disminuir el “riesgo estratégico nacional”. Esta definición pasa a funcionar como principio rector y supone un giro conceptual en el funcionamiento del sistema.

Sobre el DNU, los dirigentes de la oposición anticiparon que el próximo capítulo de la disputa será legislativo y que buscarán impugnarlo para evitar su vigencia, aunque será una tarea complicada, ya que deberían rechazarlo en ambas Cámaras. En caso de fallar en alguna de ellas, el documento conservará su validez.

Desde el oficialismo explican que la reforma apunta a mejorar la eficiencia del organismo, eliminando atribuciones que consideran ajenas —como la inteligencia interior o la protección de infraestructura digital— y, a la vez, ordenando y dejando trazabilidad en el intercambio de información con otros organismos estatales a través de registros automáticos.

La normativa también incorpora la facultad para que el personal de inteligencia pueda aprehender personas en caso de flagrancia, con la obligación de dar aviso inmediato a las fuerzas de seguridad correspondientes. Esa posibilidad también se extiende a situaciones en las que exista un requerimiento judicial.

Entre los cambios estructurales más relevantes, el decreto transforma la Agencia de Seguridad Nacional en la Agencia Nacional de Contrainteligencia. Este nuevo organismo tendrá como misión principal prevenir amenazas vinculadas al espionaje, el sabotaje, la injerencia extranjera y las operaciones de influencia que puedan poner en riesgo el orden constitucional o los intereses estratégicos del país. Las acciones de contrainteligencia deberán desplegarse en todo el ámbito del sector público nacional.

El DNU debe pasar por el Congreso.
El DNU debe pasar por el Congreso.

En el plano tecnológico, el Gobierno resolvió separar las funciones de ciberseguridad y ciberinteligencia. Para ello creó el Centro Nacional de Ciberseguridad, que quedará bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete. En paralelo, la ex Agencia Federal de Ciberseguridad fue reconvertida en Agencia Federal de Ciberinteligencia y pasó a depender de la SIDE, con competencia exclusiva en tareas de inteligencia en el ciberespacio.

Otra modificación significativa es la eliminación de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar. Desde ahora, la inteligencia estratégica militar quedará centralizada en el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, con el objetivo declarado de evitar duplicaciones y simplificar el organigrama.

El decreto también refuerza el rol de la SIDE, que asumirá la conducción directa del Sistema de Inteligencia Nacional, tendrá a su cargo la aprobación y el control de los presupuestos —incluidos los gastos reservados— y podrá requerir información a todos los organismos del Estado nacional, así como a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta concentración ya había sido analizada en gestiones anteriores, durante la conducción de Silvestre Sívori en la entonces AFI, en línea con recomendaciones de agencias estadounidenses como la CIA.

Como parte de la nueva arquitectura institucional, se crean dos espacios de coordinación. Por un lado, la Comunidad de Inteligencia Nacional, integrada por organismos de inteligencia, Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad y la Unidad de Información Financiera. Por otro, la Comunidad Informativa Nacional, que incorpora a dependencias clave como Migraciones, Renaper, Aduana, Cancillería y áreas vinculadas a la energía, el sector nuclear y el espacio. Ambos ámbitos tendrán como objetivo aportar insumos para la producción de inteligencia.

Uno de los aspectos más sensibles del DNU es la autorización al personal de inteligencia para proteger instalaciones y operaciones, repeler agresiones y, ante situaciones de flagrancia, aprehender personas, siempre con notificación inmediata a las fuerzas de seguridad competentes.

La norma también introduce cambios en el mecanismo de designación y remoción de los titulares de los organismos desconcentrados de la SIDE. Esa atribución, que actualmente recae en el Poder Ejecutivo Nacional, pasará a estar en manos del secretario de Inteligencia. La excepción será el Inspector, que por su función de control seguirá siendo designado por el PEN. Dentro del organismo interpretaron la modificación como positiva, ya que fortalece la autoridad del llamado “Señor 5” y reduce la dependencia directa de la Casa Rosada.

Desde el Gobierno salieron a respaldar la reforma y sostuvieron que permitirá ordenar el sistema, eliminar superposiciones entre agencias, integrar plenamente la inteligencia al Estado, separar esas tareas de las funciones policiales y adecuarlas a amenazas actuales, bajo mayores mecanismos de control. El objetivo, aseguran, es fortalecer la capacidad estratégica del Poder Ejecutivo.

El decreto entrará en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial y deberá ser evaluado por la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia del Congreso, en medio de un debate abierto por el alcance de las nuevas atribuciones y el uso de un DNU para modificar una ley considerada especialmente sensible.