La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la modificación de la normativa de protección de glaciares, en una sesión atravesada por fuertes tensiones políticas y debates. El proyecto impulsado por el gobierno nacional obtuvo la mayoría necesaria y cumplió con el objetivo libertario.

Se modifica la Ley 26.639, de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Fue respaldada con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones.

La iniciativa introduce cambios en el esquema de protección ambiental, al permitir que las provincias evalúen la “función hídrica efectiva” de los glaciares y ambientes periglaciares. Según sus impulsores, esto abre la puerta al desarrollo productivo, mientras que sectores opositores advierten sobre riesgos ambientales.

Los legisladores santafesinos

 

En este contexto, la representación santafesina mostró una marcada división. Por un lado, los legisladores vinculados a La Libertad Avanza mientras que el peronismo y otros espacios votaron mayoritariamente en contra. Como ocurrió en anteriores votaciones, dos bancas de Provincias Unidas acompañaron al oficialismo.

Entre los votos afirmativos se destacaron Alejandro Bongiovanni, Romina Diez, Nicolás Mayoraz, Juan Pablo Montenegro, Agustín Pellegrini, Valentina Ravera, Verónica Razzini y Yamile Tomassoni, todos de La Libertad Avanza. También votaron a favor José Núñez y Gisela Scaglia, del espacio Provincias Unidas.

En contraste, el rechazo estuvo encabezado por diputados de Unión por la Patria, como Alejandrina Borgatta, Florencia Carignano, Diego Giuliano, Germán Martínez, Agustín Rossi y Caren Tepp. A ellos se sumaron Pablo Farías y Esteban Paulón, de Provincias Unidas, quienes también votaron en contra del proyecto.

La única ausencia dentro de la representación santafesina fue la de Rocío Bonacci, legisladora de La Libertad Avanza, quien no participó de la votación en el recinto.

Los argumentos

 

El diputado Nicolás Mayoraz (LLA) explicó que “las audiencias públicas se desarrollaron de forma impecable: la ley, para su tratamiento, requería de escuchar a la ciudadanía”.

“La ley viene del Senado con una claridad meridiana. El objeto es una modificación que busca aclarar conceptos, no altera el paradigma de la protección de los glaciares”, añadió Mayoraz, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales. "En el texto que aprobamos el equilibrio se fortalece, aquí está el verdadero federalismo de concertación en acción”, dijo también.

“El presidente Milei tomó un compromiso con la sociedad y con los gobernadores en el Pacto de Mayo: cumple su palabra. Con este proyecto de ley estamos demostrando que la protección ambiental y el desarrollo sustentable son posibles”, argumentó Mayoraz.

En defensa del dictamen de minoría, la diputada Sabrina Selva (UxP), manifestó que “el debate propuesto respecto a la reforma de la ley de glaciares es tan deshonesto como el gobierno, tan mentiroso como su relato”. “Esta ley es inconstitucional y regresiva, va a traer conflictos interjurisdiccionales”, pronosticó.

En representación de Provincias Unidas, la diputada María Inés Zigarán advirtió que “no están protegiendo las autonomías provinciales”. “Están dejando a las provincias solas con todo el costo que significa decidir sobre si un glaciar o un ambiente periglacial se van a preservar o no”, dijo.

En tanto, el diputado Néstor Pitrola, en nombre de la bancada del Frente de Izquierda, sostuvo: “Venimos a defender el agua y a denunciar a los que responden a los monopolios mineros, que están dispuestos a entregar estos bienes que son recursos estratégicos para nosotros y para las generaciones futuras”.

Principales puntos de la modificación de la Ley de Glaciares

 

Alcance de la protección: la reforma redefine el objeto protegido, limitando la protección a aquellos glaciares y ambientes periglaciales que cumplan “funciones hídricas” específicas, cuya verificación queda en manos de cada provincia.

Desplazamiento del control científico nacional: el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), que antes tenía el rol central y científico en la identificación de glaciares, pasa a un rol registral. “El Inventario será de ‘ineludible consulta y consideración’ por parte de las provincias sin que ello implique disminución de las atribuciones provinciales”. Además, se dará intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cuando se trate de zonas fronterizas pendientes de demarcación del límite internacional previo al registro del inventario.

Fragmentación y discrecionalidad: la reforma permite que cada provincia aplique criterios propios para determinar qué proteger, en lugar de aplicar estándares científicos homogéneos y mínimos para todo el país.

Principio precautorio: mientras se aplica el principio precautorio, todos los glaciares y las formaciones periglaciares que aparecen en el Inventario Nacional de Glaciares van a estar protegidos por esta ley. Esto se mantendrá así hasta que la autoridad ambiental compruebe que alguno de ellos no cumple con las funciones indicadas en el primer párrafo del artículo 3°. En el momento en que la autoridad confirme que un glaciar o una geoforma periglacial del inventario no cumple con esas funciones, ese sitio dejará de estar protegido específicamente por esta norma, aunque seguirá bajo la protección general de la Ley General del Ambiente y otras leyes vigentes.

Cambio del sistema de prohibiciones: se pasa de un régimen de prohibiciones generales a un sistema donde la evaluación de impacto ambiental, caso por caso y en manos provinciales, definirá qué actividades se pueden autorizar.

Enfoque preventivo: la reforma transforma la protección estructural y preventiva de los glaciares y su ambiente en una protección condicional y revisable.

Evaluación de impacto ambiental: todas las actividades proyectadas en los glaciares y en el ambiente periglacial estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental en forma previa a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente.