El anuncio del gobierno nacional que dejaba de ser obligatorio el uso del barbijo al aire libre generó diversas reacciones y Santa Fe aclaró este viernes a la noche que no adhiere a ese concepto o al menos no totalmente.

El artículo 4° del decreto 1947 establece: "El uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente. Las autoridades correspondientes, en el caso de vetificarse el íncumplimiento de la prescripción, deberán actuar conforme lo determina el Decreto N° 0647/20 y su modificatorio". 

Para aclarar los alcances de la nueva disposición, la provincia difundió cinco placas sencillas que responden a las principales preguntas sobre este tema.

¿Sigue siendo obligatorio? Sí, es de uso obligatorio cuando interactúes con otras personas por fuera de tu círculo más cercano.

¿En lugares cerrados? Sí, su uso es obligatorio en lugares cerrados como comercios, escuelas, lugares de trabajo o el transporte público.

¿Y al aire libre? Sí, es de uso obligatorio cuando exista aglomeración de personas. 

¿Cuándo puedo quitarmelo? Al aire libre, cuando circules por la vía pública en forma individual. 

El uso de barbijo o tapabocas, más la distancia social de dos metros y el aislamiento de los enfermos y contactos estrecho se mantienen como las principales barreras de cuidad.

Ver todas las medidas resumidas en placas: