Fugarse hacia adelante o fingir demencia pueden ser dos de las premisas para definir la carrera que emprendió el gobierno nacional en la licitación de la Vía Navegable Troncal (VNT) del río Paraná o “hidrovía”. Si bien ese proceso avanza y la semana que viene comenzaría la última etapa antes de la adjudicación de la obra de dragado y profundización, lo cierto es que existen dos denuncias abiertas que señalan una falla de origen nunca corregida. Una irregularidad que, según los impulsores de esas demandas, “tarde o temprano va a repercutir en la licitación porque la PIA ya se expidió sobre la cuestión: no han hecho los estudios de impacto ambiental antes del llamado”.

La PIA es la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, el órgano específico del Ministerio Público Fiscal (MPF) para investigar hechos de corrupción e irregularidades administrativas de los agentes del Estado. En febrero de 2025, alertó que el primer intento de licitación no estaba a derecho por esa falencia y otras tantas.

El gobierno, a través de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (Anpyn), suspendió ese llamado y buscó corregir algunos de los huecos señalados. Organizó, por ejemplo, una audiencia pública en noviembre de 2025 para presentar algunos análisis ambientales o monitoreos de agua y sedimentos. Pero eso no tapó el déficit legal principal, la grieta abierta en el fondo de todo el proceso: no se puede licitar una obra sin antes haber analizado y medido con métodos científicos qué efectos negativos va a tener en el ecosistema.

La PIA también dejó por escrito hace más de un año que no tiene sentido concesionar la obra a un privado para que recién después éste encare sus propios estudios, que serán de forma parcial e interesada. Sería reducir un paso fundamental a “una mera formalidad”. 

Eso es lo que, pese a la advertencia formal, está pasando a la vista de todos.

El miércoles pasado, la agencia nacional (Anpyn) abrió el sobre con las ofertas técnicas para la concesión del sistema troncal. En mayo, se daría el último tramo, con las propuestas económicas (ver cómo es la puntuación). Solo quedan en pie en esa puja las dragadoras Deme y Jan de Nul, ambas de Bélgica, como informó el periodista especializado Mariano Galíndez.

“Existen dos denuncias ante la PIA”, afirmó a Rosario3 el abogado Fabián Maggi. “Una es la nuestra, de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, que es muy potente y fundamental. Hace eje en dos cosas: la falta de estudios ya señalada y lo segundo es a quien se ha designado como director ejecutivo de la agencia nacional. Se trata del abogado Iñaki Arreseygor, quien saltó desde uno de los estudios más grandes del país que representa a las navieras y a las cerealeras a la función pública, y desde ahí empezó a avanzar con este procedimiento”, agregó.

La PIA tomó nuestra denuncia, superó la primera etapa de admisibilidad y tiene un número de expediente

“Eso es –continuó Maggi– lo que se denomina judicialmente como negociaciones incompatibles con la función pública y tráfico de influencias. Son figuras penales. Por eso, nosotros lo presentamos en octubre de 2025 y el organismo tomó nuestra denuncia. Superó esa primera etapa de admisibilidad de la demanda y tiene un número de expediente. El trámite empezó pero hasta el día de hoy no se dictó ningún nuevo dictamen, que es lo que nosotros pedimos”.

En paralelo, una segunda demanda patrocinada por el jurista Eduardo Barcesat también señala esa inconsistencia y plantea otras. “Las dos son ante la PIA porque es el organismo especializado en esta materia penal. Además, ya cuenta con un dictamen previo muy importante para las consecuencias jurídicas. Será antes o después, pero esto se termina cayendo de alguna manera”, anticipó el abogado ambiental.

Las responsabilidades del Estado ya son ineludibles. El dictamen de febrero de 2025 es un acto administrativo y dijo lo que dijo

“Me refiero a que las responsabilidades del Estado ya son ineludibles. El dictamen de febrero de 2025 es un acto administrativo y dijo lo que dijo. Además, se fundamentó en derecho, con un análisis normativo de gran profundidad. Entonces, el incumplimiento de eso, a la corta o a la larga, acarrea consecuencias sobre la licitación”, afirmó.

El espejo de los glaciares

 

El abogado dijo que “sorprende la improvisación” de no atender las observaciones que hizo la Procuraduría en febrero de 2025. Además del tiempo que llevaría, sumó otra posible explicación: “Entiendo que es complicado ambientalmente demostrar como inocuas las obras que quieren hacer y por eso esquivan los estudios”.
“No hay análisis nuevos, actuales, acumulativos, todo lo que se reclama con respecto a la evaluación ambiental no está hecho, eso no cabe ni la más mínima duda”, reforzó.

¿Qué escenarios jurídicos se abren y con qué plazos entonces? “La PIA no tiene por qué ceñirse a los tiempos de la licitación o de la apertura de sobres. Si el Poder Ejecutivo quiere avanzar en un marco de ilegalidad, es pura responsabilidad de ellos. La Procuraduría deberá resolver dentro del concepto general de plazo razonable”, respondió el demandante. 

Maggi advirtió que los rechazos masivos que generó la sanción de la ley de Glaciares es un espejo de donde mirar el futuro del proceso del río Paraná: “Cuando digo que sí o sí esto va a tener efectos, no me refiero al escenario cortito y concreto de la licitación. Va a haber acciones judiciales de las organizaciones. El movimiento ambiental tiene una solidez y una cohesión enorme en todo el país. No van a quedarse sentados ante esto y cuando avance va a haber distintas acciones”.

“Justamente –explicó– la cuestión ambiental te permite esa versatilidad, recurrir a acciones civiles, ambientales, penales, administrativas. Al ser un corredor interjurisdiccional se pueden presentar en distintos fueros, nacionales y en las provincias. Incluso puede haber acciones internacionales, en la sede de las empresas en sus propios países. Existen regulaciones de comercio y normativas para estas firmas que trabajan en otros países. Hay resoluciones de la ONU en ese sentido”.

Una de las protestas de ambientalistas contra el dragado del Paraná.
Una de las protestas de ambientalistas contra el dragado del Paraná.

Las objeciones atendidas y el hueco que persiste

 

La audiencia pública de noviembre sirvió para reparar, aunque sea en las formas, una de las falencias del proceso anterior fallido. En el espacio abierto del 3 de noviembre de 2025, la Anpyn difundió informes de análisis ambientales o planes de gestión parciales. Fueron objetados por ser fragmentarios y no integrales, además de –en algunos casos– haber sido hechos por privados que tienen interés en continuar con el dragado (la ex Hidrovía o Jan De Nul). Pero el paso objetivo se dio.

Lo que no pudo modificar esa audiencia es abrir la concesión de una obra a un privado sin los análisis de impactos negativos previos. En concreto, implica permitir que esa empresa ganadora decida si ese trabajo se puede hacer o no, después de haberse quedado con el negocio.

El informe de la PIA de febrero de 2025, que dio el golpe de muerte al llamado anterior, ya había advertido que “deviene irrazonable que se efectúen los pertinentes estudios de impacto ambiental con posterioridad a la confección del pliego de bases y condiciones particulares”.

“No solo resulta irrazonable, sino antieconómico e ineficiente. Significa, también, que la evaluación de impacto ambiental está pensada como una simple formalidad y no como un informe determinante de las posibilidades de un proyecto, que resguarde el ambiente y los recursos naturales”, remarcó la Procuraduría.

Esa falla de origen se mantiene. Hubo una respuesta a ese punto, un intento de explicación oficial, en el poco difundido “Informe técnico final de la audiencia pública” que se publicó el jueves 13 de noviembre de 2025, diez días después de los reclamos y denuncias que hizo la enorme mayoría de los casi 250 oradores.

El documento de 26 páginas resume los principales planteos expuestos, los agrupa en 18 temas (de la A a la R) y ofrece un descargo. Muchos ítems son técnicos y legales (sobre la convocatoria) y otros van a las cuestiones de fondo: dragado, profundización del lecho, sedimentación, impacto ambiental, y daños a los humedales y al ecosistema.

Qué piensa el gobierno: las respuestas oficiales

 

El punto B resume una crítica a la búsqueda de dragar hasta 40 o 44 pies reales al Paraná cuando su lecho natural es más bajo. El objetivo es que ingresen al continente buques transoceánicos con mayor capacidad de carga y calado. Eso, plantearon ambientalistas, investigadores y docentes, implica una lógica invertida: “Los barcos deben adaptarse al río y no el río a los barcos”.

La Anpyn no respondió de forma directa a la frase pero señaló: “La experiencia del mantenimiento de canales, que se remite hace más de 149 años, ha demostrado en las últimas décadas que, con sus debidos estudios técnicos y controles correspondientes, el dragado es una actividad técnica manejable, que ha sostenido el flujo comercial sin colapsar el ecosistema”.

Agregó que “la VNT es una infraestructura estratégica que integra cientos de miles de puestos de trabajo, decenas de años de inversión público-privada con más de 79 puertos que prestan servicios”. Además, la hidrovía canaliza el 80% de las exportaciones argentinas. Es al menos sugestiva la mención de la importancia económica para responder a un planteo ambiental.

Sobre la oposición de los expositores a aumentar el dragado sin los estudios necesarios previos, la Gerencia de Coordinación Técnica (GCT) de la Anpyn aclaró que la audiencia no se convocó para debatir sobre los pliegos de la licitación (que se conocieron semanas después) sino los informes de gestión ambiental del año 2025 realizados por la Administración General de Puertos (AGP). Ese fue el ente que se hizo cargo del mantenimiento tras la finalización de la primera concesión a la firma Hidrovía SA.

La hidrovía canaliza el 80% de las exportaciones argentinas.
La hidrovía canaliza el 80% de las exportaciones argentinas.

El texto calificó de “error conceptual” la mención de los oradores al tema crucial del futuro inmediato del río Paraná. La cita no era para analizar las consecuencias que pueda generar una profundización de 10 pies adicionales (de 34 a 44 pies en la zona del Gran Rosario y aguas abajo).

“Es a todas luces evidente que la información considerada para la gestión ambiental de la VNT es pertinente, profusa y actualizada. No obstante, es imprescindible destacar que se trata de una actividad que se encuentra en ejecución desde hace más de un siglo (149 años) y a una profundidad alcanzada desde hace casi dos décadas (en 2006)”, afirmó.

Sin embargo, en ese resumen de la audiencia la Anpyn se mete en la disputa de fondo y “aconseja” el dictado de normas y medidas que impidan la “degradación del ambiente” a futuro.

Sedimentos, pesca, oleaje y humedales

 

Sobre las denuncias de “sedimentos movilizados durante el dragado que estarían contaminados por uno o varios compuestos” (metales pesados, glifosato y otros pesticidas), el documento oficial asegura que no hay evidencias de eso.

Según los estudios de la Hidrovía SA y del concesionario actual de la AGP, “todos los sedimentos evaluados en los sitios que fueron dragados clasificaron como de clase 0 o 1, de libre disposición”, que no implican “un riesgo para la biota ni para la salud humana”.

La Anpyn tampoco reconoce vinculación entre el movimiento de sedimentos del fondo del río y el tapado de las bocas de riachos, arroyos y lagunas, como denuncian hace tiempo pescadores y especialistas desde Victoria. Esa ciudad de Entre Ríos, en octubre de 2023, se declaró en emergencia hídrica y estuvo a punto de quedarse sin agua potable, afectada por la bajante y por ese fenómeno.

Bajante de 2023: uno de los terraplenes en ríos de Victoria para evitar que el agua se fuera de la ciudad (Alan Monzón/Rosario3).
Bajante de 2023: uno de los terraplenes en ríos de Victoria para evitar que el agua se fuera de la ciudad (Alan Monzón/Rosario3).

“Las variaciones en los niveles de agua y en la conectividad de lagunas y riachos son fenómenos multifactoriales”, inicia la respuesta oficial y sigue: “La descarga del material dragado se realiza en zonas de vaciado o descarga autorizadas, respetando las zonas de veda establecidas en la VNT... En particular las desembocaduras/embocaduras de cursos menores, lagunas, áreas inundables, están contempladas dentro de estas zonas de veda, por lo que están excluidas de las actividades de dragado”.

Aunque para el abogado Maggi las respuestas del informe técnico final no califican como tales por imprecisas o incompletas, el texto reconoce o plantea a futuro la necesidad de proteger la erosión de las barrancas y del humedal en general. Agrega a la pesca o al oleaje de las embarcaciones entre los aspectos que deben ser mensurados “a la hora de cuantificar impactos ambientales”.

"La gestión de la VNT deberá ajustarse a los lineamientos de la Ley General del Ambiente (N° 25.675) y el Acuerdo de Escazú, incluyendo cláusulas de monitoreo de erosión de costas y exigencias de velocidad para los buques", señala en uno de los puntos.