La ley provincial de Entre Ríos Nº 9.291 “Incendios. Uso del fuego”, regula la quema de campos y las permite siempre y cuando sean controladas. Dice el artículo 14: “La destrucción de vegetación en terrenos rurales mediante el uso del fuego, sólo podrá hacerse en forma de Quemas Controladas, de acuerdo a las condiciones y requisitos establecidos en el Plan de Quema”.

Más adelante enumera los objetivos que puedan originar la acción de prender fuego: “Eliminación de residuos forestales, eliminación de rastrojos, limpieza de terrenos forestales que deben habilitarse para cultivos agropecuarios, control de enfermedades plagas y erradicación de especies consideradas perjudiciales”.

Sin embargo, la resolución 229 del gobierno de Entre Ríos del 14 de junio de 2006 prohibió “la realización de quemas no autorizadas” en la zona de islas “debido a los excesos registrados recientemente que se han realizado sin previa autorización y sin garantizar el control de la situación”.