El director de la Guardia Urbana municipal, Mariano Savia, adelantó que en abril se presentará un proyecto en la Legislatura provincial que intentará convertir en delito la venta de pegamento a menores y lograr que sea penado con hasta seis años de prisión. Hoy sólo se aplican multas y cierres temporarios de los comercios involucrados

La venta de pegamento a menores de edad podría ser considerado un delito si prospera la intención de la Guardia Urbana Municipal (GUM) de convertir, lo que hoy es una contravención, en una ley que contemple penas de hasta seis años de prisión para quien no la respete. Actualmente, el Código de Faltas provincial prevé para estos casos multas, inhabilitación o prisión de hasta 30 días.

En diálogo con el programa A diario (Radio 2), el director de la GUM, Mariano Savia, sostuvo que desde su repartición “se trabaja en un marco de crecimiento sostenido del expendio de pegamento a menores de edad que empiezan a consumir desde muy chicos”.

En este sentido, detalló que vienen manteniendo reuniones con legisladores con la intención de presentar en abril próximo una propuesta que permitiría que el comercio de inhalantes a chicos sea considerado un delito: “Buscamos generar un esquema dentro del Código Penal que contemple penas mayores, desde los seis años de prisión y hasta 25 años en caso de que hubiera una muerte de por medio”.

Para el funcionario “es un problema de todas las jurisdicciones cuando se busca combatir la inseguridad, esta necesidad de generar legislaciones comunes”. En cuanto a la sitación de Santa Fe, consideró que “tenemos un Código de Faltas de avanzada pero hay que acentuar las penas”:

En 2007, la Legislatura provincial aprobó la prohibición de vender pegamentos a base de tolueno en determinados comercios como quioscos, almacenes o supermercados, entre otros, para disminuir su consumo generalizado en menores y las graves consecuencias que genera.

La normativa del Código de Faltas establece la prohibición de venta, depósito, exhibición, expendio o suministro de pegamentos, colas, adhesivos de contacto o similares que contengan tolueno o derivados. Desde entonces, la venta quedó limitada a ferreterías y pinturerías, y para los casos de violación de esta norma se establecen sanciones que llegan a 30 días de arresto, clausura del local y multas.