El Ministerio de Salud a través la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) ordenó el decomiso de dos productos: tallarines frescos “María Laura” y pan dulce “Escor”, los primeros elaborados en la santafesina San Justo, el segundo en Lanteri. Ambas firmas deberán abonar una multa –aún a ser establecida por la Agencia– y poner fuera de circulación los comestibles debido a irregularidades en su registro.
Según comunicaron desde la cartera sanitaria, tanto los tallarines como el pan dulce no cumplen con la legislaciones de seguridad alimentaria vigente. El director de la Assal Raúl Samitier precisó que en el primer caso, “el producto no se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA)”, lo que impide su trazabilidad y es una clara infracción al artículo 3 del Código Alimentario Argentino.
“Se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, enfatizó el funcionario quien indicó que la medida dispuesta fue adoptada con el fin de “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
En tanto, respecto del pan dulce “Escor”, Samitier explicó que los resultados de los protocolos de análisis revelaron que el producto tiene vencido la RNPA desde 2001, lo cual tampoco permite su trazabilidad.
Según comunicaron desde la cartera sanitaria, tanto los tallarines como el pan dulce no cumplen con la legislaciones de seguridad alimentaria vigente. El director de la Assal Raúl Samitier precisó que en el primer caso, “el producto no se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA)”, lo que impide su trazabilidad y es una clara infracción al artículo 3 del Código Alimentario Argentino.
“Se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, enfatizó el funcionario quien indicó que la medida dispuesta fue adoptada con el fin de “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
En tanto, respecto del pan dulce “Escor”, Samitier explicó que los resultados de los protocolos de análisis revelaron que el producto tiene vencido la RNPA desde 2001, lo cual tampoco permite su trazabilidad.