Después de 15 meses de trámite legislativo, la Cámara de Diputados aceptó los cambios introducidos dos meses atrás por el Senado y sancionó la ley que obliga a los establecimientos expendedores de Gas Natural Comprimido (GNC) a disponer de una silla de ruedas por cada cuatro bocas de carga habilitadas. La medida entrará en vigencia a los 60 días de su promulgación y dispone sanciones a los infractores que empiezan con apercibimiento y terminan en multas.
Además, en un plazo de 18 meses, las estaciones deberán contar con una dársena adecuada para que se facilite el descenso de los usuarios o acompañantes con dificultades motrices a la silla de ruedas y posterior ascenso al vehículo.
La norma que surgió en base a un proyecto del diputado socialista Sergio Liberatti se basa en que por razones de seguridad, es obligatorio para la carga de GNC en las estaciones de servicio que bajen todos los pasajeros de los vehículos. Cuando se trata de personas que deben desplazarse en sillas de ruedas, la incomodidad es mayor, porque generalmente éstas van guardadas y plegadas en los baúles de los coches. Es evidente que, si cada estación tuviera una silla a disposición de los clientes, todo sería más fácil, rápido y cómodo.
En Santa Fe, el tema ya fue advertido a mediados del año pasado por la Defensoría del Pueblo, que consideró que lo más adecuado era solicitar al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que obligase a las estaciones a contar con una silla según el número de mangueras de carga, pero el trámite no ha tenido ningún resultado.
Como se estima que por cada silla entregada sin cargo hay -como mínimo- otras dos compradas, cabe suponer que en Santa Fe unas 4 ó 5 mil personas las requieren. Por su parte, el Club Integral del Lisiado Santafesino (Cilsa) informó que hubo conversaciones con la Cámara de Expendedores de Combustibles de Santa Fe para facilitar las sillas de ruedas a los empresarios de las estaciones de servicio, mientras se reglamenta la ley.
Además, en un plazo de 18 meses, las estaciones deberán contar con una dársena adecuada para que se facilite el descenso de los usuarios o acompañantes con dificultades motrices a la silla de ruedas y posterior ascenso al vehículo.
La norma que surgió en base a un proyecto del diputado socialista Sergio Liberatti se basa en que por razones de seguridad, es obligatorio para la carga de GNC en las estaciones de servicio que bajen todos los pasajeros de los vehículos. Cuando se trata de personas que deben desplazarse en sillas de ruedas, la incomodidad es mayor, porque generalmente éstas van guardadas y plegadas en los baúles de los coches. Es evidente que, si cada estación tuviera una silla a disposición de los clientes, todo sería más fácil, rápido y cómodo.
En Santa Fe, el tema ya fue advertido a mediados del año pasado por la Defensoría del Pueblo, que consideró que lo más adecuado era solicitar al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que obligase a las estaciones a contar con una silla según el número de mangueras de carga, pero el trámite no ha tenido ningún resultado.
Como se estima que por cada silla entregada sin cargo hay -como mínimo- otras dos compradas, cabe suponer que en Santa Fe unas 4 ó 5 mil personas las requieren. Por su parte, el Club Integral del Lisiado Santafesino (Cilsa) informó que hubo conversaciones con la Cámara de Expendedores de Combustibles de Santa Fe para facilitar las sillas de ruedas a los empresarios de las estaciones de servicio, mientras se reglamenta la ley.