Luego de dos recursos de amparo y una supuesta ordenanza que regulaba el mercado heladero, la cadena cordobesa Grido finalmente podrá abrir nuevos locales en la ciudad. La Justicia declaró inconstitucional la normativa que pretendía fijar un máximo de locales de una misma marca.

Según publicó La Capital, la decisión provino del juez en lo civil y comercial de la novena nominación Marcelo Bergia, quien consideró que la resolución 8664 era ilegítima por cuanto la Municipalidad no poseía facultades para reglamentar o restringir la concentración del mercado.

La ordenanza que data de 2010 establecía que el máximo de locales que puede comercializar helados de una misma marca no puede superar el 10 por ciento del total de los habilitados del mismo rubro.

El texto procuraba atender el reclamo de otros heladeros rosarinos que habían acusado a la cadena cordobesa de competencia desleal debido a que en poco tiempo habían multiplicado en la ciudad la cantidad de heladerías bajo su órbita. Sin embargo, el magistrado precisó que dicho fallo es inconstitucional al arrogarse la Municipalidad una atribución delegada a la Nación y sobre la que el Congreso ya había dictado una ley específica.

Grido podrá abrir ahora nuevos locales, por ahora serían dos.