La modificación a la "ley del nombre" que establece la obligación de que los niños lleven el apellido del padre y el de la madre es uno de los proyectos que fueron incluidos por el Poder Ejecutivo para ser discutidos en las
sesiones extraordinarias de febrero.

El expediente obtuvo dictamen durante la segunda mitad del año pasado en el Senado, pero al haber cambiado la composición de la Cámara el 10 de diciembre, deberá ser discutido nuevamente en la Comisión de Legislación General.

El proyecto, impulsado por el Ejecutivo pero que contiene agregados de varios legisladores de la oposición y del
oficialismo, establece que será obligatorio que todos los niños recién nacidos sean inscriptos con el primer apellido del padre y el de la madre, en ese orden.

Actualmente la ley dispone que los hijos matrimoniales deben llevar el apellido del padre y, sólo de manera opcional, se los puede inscribir con el apellido compuesto del padre o agregar el de la madre.

Además, los progenitores podrán solicitar la inscripción del apellido doble o compuesto del padre, seguido del primer apellido o del apellido doble o compuesto de la madre. Asimismo, los hijos extramatrimoniales reconocidos por sólo uno de los progenitores serán inscriptos con los dos apellidos de la madre o del padre.

Por otra parte, el proyecto también establece que no podrán inscribirse los nombres de los menores cuando "fueren lesivos a la dignidad de la persona física o impropio para designar a una persona, o equívoco respecto al sexo".

El expediente, que luego del Senado deberá ser discutido en Diputados, también prohíbe la inscripción de "nombres extranjeros de difícil grafía o fonética, a excepción de aquellos nombres que se quisiera imponer a los hijos de los funcionarios o empleados extranjeros de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas ante nuestro país".

Por otra parte, el proyecto también propone como opción que ambos cónyuges puedan añadir a sus apellidos, seguido de la preposición "de" o de la conjunción "y", el de su esposo o esposa. En la actualidad, esa posibilidad optativa rige sólo para la mujer.

Fuente: Télam