La Corte Arbitral del Deporte (CAS) decidió este miércoles reducir de ocho a dos años la sanción impuesta por la Federación Internacional de Tenis (ITF) al tenista argentino Mariano Puerta, que dio positivo en un control antidoping en Roland Garros 2005.

Puerta, que era reincidente, recurrió la dura sanción de ocho años de la ITF pidiendo sólo una sanción de seis meses y hoy la CAS le dio la razón de forma parcial.

Mariano Puerta recurrió la sanción de ocho años de inhabilitación por dar positivo en el control antidopaje que pasó después de la final del torneo de Roland Garros de 2005. El jugador reclamaba la anulación de dicha sanción.

Puerta fue suspendido después de que el Tribunal Antidopaje de la FIT encontrara restos de "etilefrina" en la orina tras el partido que el argentino perdió contra el español Rafael Nadal en la final del torneo francés disputada en junio de 2005.

Esta fue la segunda ocasión en la que Puerta fue sancionado por dopaje. La primera de ellas se produjo en 2003, tras dar positivo por anabolizantes en el torneo de Viña del Mar, y que le costó nueve meses de suspensión.

La sanción comenzó a contar el 5 de junio de 2005, por lo que Puerta podrá regresar a la competición el 5 de junio de 2007.