A partir de 10 de mayo, entraron en vigencia en España nuevas reglamentaciones que regulan tanto los medios económicos que habrán de acreditar los extranjeros, como los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado.
A los ciudadanos argentinos que ingresen como turistas al espacio de países del Acuerdo de Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Luxemburgo,
Noruega, Países Bajos, Portugal y Suecia) al momento de arribo se les podrá exigir lo siguiente:
1) Documento de viaje válido (Pasaporte Argentino), con una vigencia no menor a seis meses.
2) Tarjeta de crédito o demostración de solvencia económica con un promedio disponible de gastos de 60 Euros por día de estancia (Dinero en efectivo y/o cheques de viajeros) o un mínimo de 513 euros en efectivo.
3) Reserva de hotel o nota de invitación emitida por el residente en España realizada en la Policía Nacional.
4) Pasaje aéreo de ida y vuelta, con fecha de retorno no superior al periodo de permanencia en los países del Acuerdo de Schengen (Máximo 90 días)
5) Seguro médico de viajero (Vigente por el período de permanencia en el exterior) de euros 30.000.
6) No haber permanecido en uno o varios países del Acuerdo de Schengen por más de dos periodos de 90 días en el término de un año anterior a la fecha de arribo.
Más información acerca de requisitos de entrada del Ministerio del Interior de España http://www.mir.es.


