El gobierno oficializó este martes la suba del mínimo no imponible de ganancias. A través del decreto 244/2013 publicado en el Boletín Oficial, se podrán deducir hasta15.552 pesos anuales. La disposición rige desde el 1º de marzo último.

De este modo, según publicó Télam, el piso no imponible para los solteros es de 6.938,70. En tanto para los casados con dos hijos es de 9.597,60 pesos. Además, el decreto fija los reintegros por “cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores a 15.552 pesos, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto”. Sólo podrán efectuarlas, empero, el o los parientes más cercanos que tengan ganancias imponibles.

Para el caso del cónyuge, el monto se actualizó a 17.280 pesos; y por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo, 8.640 pesos anuales.

También por cada descendiente en línea recta, como nieto, nieta, bisnieto o bisnieta, menor de 24 años o incapacitado para el trabajo, 6.480 pesos anuales.

La misma cifra rige por cada ascendiente, como padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra, además de por cada suegro o suegra, incapacitados para el trabajo; y por hermano, hermana, yerno o nuera menor de 24 años o que no pueda trabajar.