En medio de los agitados días de fin de año, cuando el cansancio invade el cuerpo y la mente de los trabajadores que sólo piensan en las vacaciones, el Ministerio del Interior dio a conocer los feriados para 2010.

La información, seguramente, será bien recibida y claro, sumará mayor placer para gran parte de la población. A buscar una agenda y el marcador que hay datos importantes que apuntar.

Los asuetos inamovibles, es decir, que no pueden ser cambiados de día, del 2010 son: el viernes 1º de enero (Año Nuevo), el miércoles 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), viernes 2 de abril (viernes Santo y Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), sábado 1º de mayo (Día de los Trabajadores), martes 25 de Mayo (Revolución de Mayo), viernes 9 de julio (Día de la Independencia), miércoles 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de María) y sábado 25 de diciembre (Navidad).

Los feriados inamovibles se rigen por la ley Nº 21.329, excepto el 8 de diciembre incorporado por ley Nº 24.445, el 2 de abril (ley 26110), y el 24 de marzo incorporado por ley 26.085.

En tanto, los asuetos trasladables del año próximo son: el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano) que será pasado al lunes 21, el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) que trasladará al lunes 16 y el 12 de octubre que se moverá al lunes 11.