La Cámara en lo Contencioso Administrativo le solicitó a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte que tome medidas para impedir la circulación de unidades de servicio público de pasajeros con más de una década de antigüedad con la Revisión Técnica Obligatoria vencida.

La decisión fue tomada ante el pedido formulado por la Asociación de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (FAVAT), que exigía el cumplimiento de la ley 24.449 con respecto al servicio de transporte de pasajeros de carácter urbano, suburbano, interurbano, internacional y de turismo.

La norma original prohíbe la utilización de rodados que superen los 10 años de antigüedad, pero una posterior reglamentación de la ley, en 2004, extendió ese plazo para los vehículos de 1992, 1993 y 1994 que aprobaran la RTO.