Aunque resulte inverosímil el dato es real: ni en la provincia de Santa Fe ni en Argentina en general existen estadísticas que permitan conocer con precisión cuantos niños y niñas están en condiciones de ser adoptados. Los juzgados de menores trabajan en forma individual o a lo sumo, como en el caso de los de Rosario, llevan un registro unificado dentro de la ciudad.

Del mismo modo, las familias que desean adoptar una criatura se anotan en uno o en varios juzgados, según sus posibilidades y, en consecuencia, tienen diferentes chances de lograr su objetivo, aunque todas reúnan los requisitos establecidos.

Como correlato de esto y de un sinnúmero de trabas burocráticas, muchas personas pasan largos años de su vida en lista de espera sin poder adoptar, y una gran cantidad de chicos permanecen alojados en instituciones y hogares de menores durante toda su infancia, sin poder ser incorporados a una familia que los contenga, los proteja y los eduque.

Estas contradicciones evidentes y de larga data fueron las que motivaron a Lucrecia Aranda, del socialismo, y a Leonardo Simoniello, diputado radical, a impulsar el proyecto de ley de adhesión a la ley nacional 25.864 que crea el “Registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos”, iniciativa que obtuvo este jueves media sanción en la Cámara baja de la provincia y espera su sanción definitiva en Senadores.

“El registro unificado apunta a lograr mayor transparencia y agilidad en el trámite de adopción, evitar la multiplicidad de inscripciones y garantizar a las familias adoptantes igualdad de condiciones y transparencia en el proceso”, explicó en diálogo con Rosario3.com, la diputada Lucrecia Aranda, quien remarcó, además, la necesidad de modificar algunas concepciones en los adoptantes a fin de que se abran a la posibilidad de optar por niños y niñas de más edad, y nólo por bebés.

Menos bebés en adopción

A pesar de la falta de cifras precisas, un dato que circula y que tanto las agrupaciones de adoptantes como los legisladores admiten es que hay menos niños (en especial bebés) en condiciones de ser adoptados, y esto se debe entre otros factores, a un cambio en la concepción con que se manejan los juzgados de Menores, ahora más proclives a privilegiar a la familia de origen del pequeño o a buscar todas las alternativas posibles para integrarlo a la familia ampliada y a su comunidad primaria –a pesar de las dificultades– antes de decidir la adopción.

También es muy común el acuerdo privado celebrado entre la madre biológica durante el transcurso del embarazo y los futuros adoptantes, un trámite que está contemplado por la ley, pero que contribuye a disminuir la cantidad de bebés que se incorporan a los regsitros de adopción.

“Eso es cierto –afirma Aranda–, pero también existen niños y niñas de 5 años o más, así como hermanitos de esa edad o mayores que pueden ser adoptados, aunque los adoptantes se inclinen por los bebés”. En ese sentido, la legisladora señaló la necesidad de “acompañar a las familias para que se animen a ese desafío que significa llevar a casa a un niño ya formado, o a dos hermanitos que conviven en un mismo hogar, con el fin de no separarlos”.

El proyecto aprobado en Diputados intenta acelerar los tiempos a fin de que ningún niño o niña permanezca más de un año y medio alojado en una institución sin que resuelva su situación. “Los hogares de menores ofrecen soluciones provisorias valiosas para proteger a los chicos y separarlos en forma transitoria de la familia en la que corre riesgo su vida o su integridad, pero no deben ser considerados depósitos de niños de por vida”, sostuvo Aranda y remarcó ese punto de la nueva ley que fija un tope de un año y medio para la “medida excepcional”. “Después de ese lapso –apuntó– los juzgados deberán decidir sobre el destino del menor, para lo cual deberán previamente hacer un seguimiento de su situación familiar, para optar por lo más conveniente para el niño”.

La adopción en Argentina

Las provincias que ya han organizado su propio registro, según María Ester Benchuya, jefa del Departamento de Adopciones del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia son Jujuy, San Luis, Chaco, Mendoza, Misiones, Corrientes, Córdoba, Tucumán, Río Negro, San Juan, Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Bs.As.; mientras que otras provincias se encuentran trabajando en la organización de un registro único, tales como Neuquén, Formosa y Santa Cruz (ahora se suma Santa Fe); mientras que Catamarca, La Pampa, Tierra del Fuego y Entre Ríos por el momento no lo proyectan.

“Respecto de los niños en estado de adoptabilidad –describe la funcionaria– nos encontramos ante dos situaciones. Por un lado los niños que ingresan al sistema administrativo-judicial quedan entrampados en el mismo, aún ante claras situaciones en la que se demuestra la falta de deseo por parte de sus progenitores de ejercer la maternidad-paternidad. Quedan retenidos por el sistema, sin que se resuelva su situación, negándole a niño la posibilidad de egreso con una familia, sea ésta la biológica cuando ello es posible o una familia adoptiva, si fuera ésta es la opción mas saludable. La falta de premura para resolver estas situaciones provocan esa retención institucional del niño”.

“La otra situación es que los niños que no ingresan en el circuito de las instituciones son entregados a matrimonios en forma irregular, en condiciones legales poco claras o, incluso con una metodología de ilegalidad o de aparente legalidad”, admite la funcionaria.

Los que desean un hijo adoptivo y están inscriptos en alguna institución, son personas de bien que toleran los tiempos de espera, sufriendo el desgaste que el mismo implica. Pero también es cierto que “estos postulantes no tienen derecho adquirido a que se les respete el orden de inscripción, pues tal derecho no se encuentra legislado y el único derecho que existe en el tema es el derecho a ser adoptado y el titular del mismo es el niño”, remarca la profesional.