Río Negro se convirtió este jueves a la noche en la primera provincia del país en legalizar la "muerte digna".
Los legisladores de esa provincia patagónica sancionaron una ley que reconoce el derecho de los pacientes terminales a una "muerte digna" y les permite negarse a recibir tratamientos médicos que consideren desproporcionados respecto de sus expectativas de mejora. Así, se convirtió en el primer distrito del país en tener una norma de este tipo.
El proyecto presentado por la legisladora radical Marta Milesi había sido aprobada en primera vuelta en julio pasado y ayer resultó ratificada en un segundo debate. Entrará en vigor cuando el gobierno provincial la reglamente.
En el texto se establece que "toda persona que padezca una enfermedad irreversible en estado terminal tiene derecho a manifestar su rechazo a los procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial cuando éstos sean desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor y sufrimiento". Los heridos en accidentes que quedasen en la misma situación de los pacientes terminales también son considerados en la flamante norma.
Asimismo, se garantiza "que no se interrumpan las medidas tendientes al control y alivio de ese dolor en los últimos instantes de vida", conocidas como cuidados paliativos.
Voces a favor y en contra
La normativa fue rechazada por sectores vinculados a la Iglesia Católica, que la consideran una puerta hacia la eutanasia, pero a la hora de la votación contó con el aval de la mayoría de los legisladores, que la consideraron una norma progresista.
Se trata de un tema polémico desde el punto de vista ético pero también jurídicamente. Es que esta iniciativa roza lo establecido en el artículo 83 del Código Penal de la Nación, que estipula que será reprimido con prisión de uno a cuatro años quien ayudare a otro a cometer suicidio.
No obstante, la ley sancionada anoche en Río Negro protege a los médicos que cumplan con lo ordenado. El texto prevé que "ningún profesional que haya obrado de acuerdo con disposiciones de esta norma estará sujeto a responsabilidad civil, penal ni administrativa".
Igualmente, los profesionales podrán negarse a interrumpir los tratamientos de pacientes terminales: la norma incluye una cláusula que admite la "objeción de conciencia", para lo cual cada establecimiento asistencial deberá abrir un registro en el que los médicos dejarán constancia de su posición.
La ley aprobada anoche también prevé que toda persona legalmente capaz pueda expresar, mediante una "Declaración de voluntad anticipada", su consentimiento o rechazo a los tratamientos médicos que pudiera recibir, en previsión de que circunstancias clínicas le impidan expresar su voluntad oportunamente.