El ataque a tiros ocurrido en una escuela de San Cristóbal, que terminó con un alumno fallecido y varios heridos, volvió a poner en foco cómo responde la ley ante delitos cometidos por menores de edad. En este caso, el agresor, de 15 años, es considerado no punible y no podrá ser juzgado penalmente.

Actualmente, el régimen penal vigente en Argentina establece que las personas menores de 16 años no son imputables, es decir, no pueden ser sometidas a un proceso penal ni recibir una condena como un adulto. Por eso, más allá de la gravedad del hecho, el adolescente no enfrentará un juicio penal.

La situación generó dudas debido a la reciente sanción del nuevo Régimen Penal Juvenil, aprobado y publicado en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026, que baja la edad de imputabilidad a 14 años.

Sin embargo, esa norma todavía no está en vigencia. El artículo 52 de la ley 27.801 establece que su aplicación comenzará a regir a los 180 días de su publicación oficial, plazo que aún no se cumplió. Hasta entonces, sigue vigente el régimen anterior.

De este modo, aunque la nueva ley prevé que adolescentes de entre 14 y 18 años puedan ser juzgados por delitos, ese cambio no alcanza a este caso en particular, ocurrido antes de su entrada en vigencia.

Además, el principio general del derecho penal indica que las leyes no se aplican de manera retroactiva cuando resultan más gravosas para la persona imputada. Es decir, aun cuando la nueva normativa esté vigente, no podrá utilizarse para empeorar la situación del acusado en un hecho previo.

En consecuencia, el adolescente será considerado no punible y quedará a disposición de la Justicia bajo otro tipo de medidas, que pueden incluir intervenciones de organismos de protección, asistencia psicológica o restricciones específicas, pero no una condena penal.