Una mujer y un hombre rosarinos que se separaron después de 14 años y de intentar tener un hijo juntos protagonizaron esta semana una peculiar historia. Demandaron a la clínica de fertilización donde realizaron tratamientos para que la mujer pueda ser mamá de un embrión de ambos, pero de forma monoparental. Es decir, su ex pareja le dio su consentimiento pero bajo la condición de mantenerse anónimo ya que su deseo ya no era ser padre. 

Desde que conformaron una pareja, estos rosarinos intentaron ser padres, pero no funcionó de la forma natural. En el tratamiento de fertilidad de alta complejidad lograron la criopreservación de embriones. y en el consentimiento que firmaron inicialmente, coincidieron que en caso de separación cesarían el proceso.

Pero las vueltas de la vida y del deseo son misteriosos. Ella quería continuar el tratamiento sola para ser madre, mientras que él ya no tenía deseo de ser padre, pero la apoyaba en su decisión y quería colaborar como donante de la esperma.

Ante la Justicia, esta “expareja” señaló que por circunstancias personales decidió separarse, pero pese a ello quería continuar con el tratamiento de fertilización asistida con donación de esperma del hombre, aunque sin ser considerado el padre.

Cuando la clínica fue informada de esta decisión, ambos obtuvieron una negativa por ser un caso atípico no regulado, por el consentimiento que ambos habían firmado. Entonces, elevaron una demanda contra la clínica para que “suscriba nuevos consentimientos”.

El juez Gustavo Antelo, del Tribunal de Familia N° 4 admitió el reclamo por la transferencia de embriones y autorizó que la mujer continúe sola el tratamiento de reproducción asistida, con su ex como donante, ya que “los consentimientos que supieron signar con la demandada quedaron completamente alejados de su realidad, lo que de no ser advertido y subsanado implicaría cercenar el derecho de ella de formar una familia monoparental”.

A esto, el juez Antelo agregó que “se cuenta con la particular colaboración de él, quien a pesar de haber interrumpido su relación sentimental con la misma, desea colaborar de manera interesada con su aporte genético”.

Para el magistrado “el acuerdo al que llegaron los coactores no puede ser desatendido, y deberá ser objeto de nuevos contratos a realizar por la demandada, ya que se encuentran en juego Derechos humanos fundamentales que un particular no implique un obstáculo a su ejercicio”.