Para los jueces de Familia y de Menores es cada vez más difícil resolver los complejos conflictos familiares, con relatos que retroalimentan historias de la pareja “conyugal”, pretendiendo justificar el descompromiso vital, de la indisoluble pareja parental (de padres).

Los abogados de parte no siempre reconocen la Convención de los Derechos del Niño y el interés superior enfocado en el mismo, a pesar que en nuestro país La ley 23.849, se incrustó en el artículo 75 de nuestra Constitución. Sin la mínima neutralidad valorativa, movidos por intereses implícitos, suelen aportar argumentos o nuevos instrumentos de guerra. Los menores víctimas de estos desvínculos y desapegos padecen mudanzas de contextos vitales y distanciamientos con abuelos, tíos, primos, compañeros de escuela, vecinos, amigos. Estas despedidas, en el momento en que más los necesitan, dejan llagas difíciles de ser cicatrizadas.

Los que diagnostican, juzgan o deciden el destino de estos niños, necesitan una orquesta de instrumentos que deben aggiornarse en cada época.

Los tiempos jurídicos deben respetar el derecho del niño al arraigo, al año lectivo, a la adaptación al medio ambiente físico y humano a los husos horarios que inciden en los equilibrios neuro-hormonales y crecimientos psicosomáticos. Por ej. casos con padres de distintos países, en los que se apela a la tenencia de 6 meses con el padre y 6 meses con la madre… O en niños hijos de músicos, artistas, deportistas y otros con cambios permanentemente de hábitat. Mientras la pareja comparte la tenencia, se logra cierto grado de adaptación y equilibrio, pero cuando se quiebra, el interés superior debe enfocarse en el menor.

Los jueces tampoco debieran dar lugar ni permitir el sometimiento de niños a exámenes psicológicos, de profesionales elegidos por las partes en litigio. Ciertas anamnesis o interrogatorios son percibidos como “mal-trato” o como causantes del drama que están atravesando. Ocurre con frecuencia que los datos tomados, son más subjetivos que objetivos y al decir de Pearce: “las preguntas apasionadas” buscan y generan sus propias respuestas”. Por eso Laing habla de “captos” no “datos”.

Además, ciertas preguntas, los gestos o tonos en que se formulan, pueden generar en el niño “recuerdos falsos”, que se refalsean en nuevos interrogatorios o nuevos relatos. Esto se observa en casos, frecuentes en esta época, con denuncias falsas de abusos, que hasta operan como “marcadores somáticos” (ver Damasio).

Hace años, participé en la redacción del programa que forma a los abogados de familia, y desde aquella época apoyo la idea de generar un verdadero “Abogado del niño”, que obviamente, deberá “aprehender” (aprender a aprender como dice Bateson), los síntomas y signos del sufrimiento de quienes apelan más al lenguaje del cuerpo y el comportamiento que al discurso concreto. Deberán también, evitar toda generalización, ya que cada circunstancia es singular y su función fundamental, es reparar el desamparo y los ataques a que lo exponen, quienes paradojalmente debieran amarlo para “a-filiarlo” y humanizarlo.

Mirta Guelman de Javkin

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