La Justicia rosarina autorizó este viernes a una mujer a donar un riñón a hombre que no tiene vínculos directos. El fallo se basó en el nuevo Código Civil, que establece que la decisión de un donante es "personalísima y de carácter altruista".

"Las partes del cuerpo no tienen un valor comercial sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular de acuerdo a estos parámetros", explicó en su fallo divulgado este viernes el juez en lo Civil y Comercial Edgardo Bonomelli.

"Se trata de respetar la decisión personalísima y de carácter altruista tomada por la donante, como asimismo el derecho a la vida y a la salud del paciente", añadió.

El trasplante renal autorizado se refiere al caso de un paciente rosarino de 39 años de edad que padece la enfermedad de Fabry y que no encontró en su núcleo familiar donantes compatibles.

La mujer que resultó compatible y que donará el órgano es una prima lejana de la esposa del receptor.

"Si la decisión de donar es por medio de un familiar directo no actúa la ley, pero en este caso sí, ya que dicha decisión debe autorizarla un juez porque con eso y según la ley de trasplantes se trata se trata de evitar la venta de órganos", explicó hoy la abogada patrocinante del paciente, Carina Mazzeo.

A su vez, expresó "que el paciente padece la enfermedad de Fabry, una de las innumerables enfermedades de depósito lisosómal y la segunda más frecuente". "Es una condición genética, hereditaria, que causa la deficiencia de la enzima alfa-galactosidasa A en el organismo de los portadores", añadió la letrada.

Mazzeo destacó la decisión de la donante: "Es una decisión difícil, ya que también le cambia la vida a ella que tendrá que tener muchos cuidados posteriores y tomar medicación de por vida".