La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad destrabar un artículo clave de la ley de medios, que pese a que fue aprobada por el Congreso en 2009 no se podía aplicar en su totalidad por decisión judicial.

Se trata del artículo 161, que obliga a los grupos que superan los topes de medios que puede tener una misma empresa a desprenderse de algunos de ellos, y cuya vigencia va a afectar principalmente a Clarín.

La aplicación de ese artículo estaba suspendida, justamente, por el dictado de una medida cautelar por una presentación judicial del grupo.

Lo que precisó la Corte en su acordada de este martes, según la agencia estatal Télam, es que el 7 de diciembre vence la medida cautelar solicitada por el grupo Clarín.

Es decir que desde ese día empezaría a regir el artículo 161.

Para el máximo tribunal, las medidas cautelares "son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica".