El caso de la niña mocoví de Colonia Dolores –al norte de la provincia de Santa Fe– que fue retirada de su hogar y de la comunidad luego de sufrir abuso sexual pone en evidencia que, a pesar de haber sido derogada la antigua ley de Patronato, la estructura de la Justicia aún no termina por incluir una mirada integradora acerca de los más chicos.

Consultada por Rosario3.com, Luisa Donni, titular de la Subsecretaría provincial de la Infancia, Adolescencia y Familia señaló que "la jueza de Menores que actúa en la causa se está manejando con criterios propios que no responden a la nueva ley de niños y niñas".

Aunque con la sanción de la nueva legislación (26.061) en el Senado en 2005 se deroga la antigua ley de Patronato –que data de 1919, y que daba atribuciones a los jueces de Menores para disponer del resguardo de niños en casos específicos, y daba atribuciones a los magistrados de familia–  parece que en la Justicia santafesina todavía el proceso de asimilación de la nueva disposición llevará más tiempo que el pensado.

Es que la magistrada Susana Bilich, al frente del juzgado de Menores Nº1 de la ciudad de Santa Fe, decidió retirar de su hogar y separar de la comunidad a V., una nena mocoví, de 8 años, que fue violada por un vecino e integrante de la comunidad. "Cuando en octubre del año pasado comienza toda esta cuestión motivo del abuso que sufre esta nena empezamos a trabajar con el euqipo profesionales que se reúnen con las autoridades del juzgado para atender a la niña. Sin embargo, toda nuestra intervención es dejada de lado por parte de la jueza y se desestimó nuestra participación", explicó Donni.

En este sentido, la titular de la oficina provincial que atiende a los niños y niñas manifestó que "a pesar de encarar un trabajo conjunto desde octubre de 2006, no fueron consultados de nada". "Todo lo que determinó la magistrad. fue en contra de la opinión de nuestro equipo. Ella decidió la entrega de la niña a la familia de Buenos Aires y por eso los profesionales perdieron todo tipo de contacto", apuntó.

A la luz de la nueva ley

En términos muy amplios, la vieja ley del Patronato daba atribuciones ilimitadas a los jueces de menores para decidir la internación de niños con el argumento de su asistencia social. De esa manera, el juez lo arrancaba del seno familiar y lo derivaba a institutos donde la mayoría de las veces terminaba mezclado con otros chicos en conflicto con la ley penal. Pero también ocurre que, como en este caso, los entregan a familias que no tienen chicos y tienen intención de adoptar.

Para Donni, en ningún momento hubo una intención por parte del juzgado de integrar a la niña a una familia ampliada. "Después de lo ocurrido podría haber vivido con abuelos, primos, tíos y hasta vecinos que se ofrecieron como hogar en tránsito para la nena. Sin embargo, se decidió sacarla de su entorno y su comunidad", lamentó.

La nueva ley justamente lo que hace es encomendar a los gobiernos provinciales y municipales a promover acciones tendientes al aseguramiento del goce y ejercicio de los derechos de la niñez. 

En este sentido, la subsecretaría remarcó que no se está de acuerdo con los procedimientos de la magistrada. "No puede disponer así de la niña, mucho menos alejarla de su centro de vida. Parece que en vez de ser la víctima es la culpable", expresó.  Y abundó: "Vamos a utilizar los resortes que la ley determina, ya nos manifestamos por escrito cvon la disconformidad y tenemos que esperar una respuesta del juzgado".

Pero todo indica que la decisión de la justicia en este caso puntual no sólo viola la actual legislación 26.601. Ya en septiembre de 2006 Rosario3.com  publicó un proyecto de la diputada Lucrecia Aranda. Había obtenido media sanción en Diputados el 18 de noviembre de 2005 pero que recién en 2006 logró el apoyo de los senadores.

La iniciativa apunta a que el juez que interviene en una causa de abuso o maltrato de un menor de dieciséis años debe obligatoriamente conformar el equipo interdisciplinario y darle intervención en el caso.

Entonces el equipo debe hacer una primera intervención y un primer informe de toda la situación. En función de ese primer informe el juez puede decidir participar o no como oyente en la entrevista. Algo que parecer no tuvo en cuenta la magistrada que atiende el caso de la niña mocoví.