El jueves 28 de junio, la Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó un pedido de informe presentado por el diputado provincial Eduard Toniolli, a causa de la demora en la implementación de la Ley de Educación Sexual Integral en las escuelas de la provincia.

"La necesidad de este pedido de informes al Ejecutivo provincial surge luego de las reiteradas consultas que realizan docentes de distintos establecimientos escolares y organizaciones sociales vinculadas a la militancia por los derechos de género y diversidad”, explicó Toniolli a Rosario3.com.

“Lo que plantean los docentes y las organizaciones como la Comunidad Trans Rosario, que manifestaron su inquietud en relación con el tema, es que en muchas escuelas de la provincia la ley no se está aplicando y no evidencian ningún cambio desde 2006 hasta la actualidad”, señaló el legislador.

En concreto, el pedido de informes apunta a que el Ministerio de Educación responda cuántos docentes están participando efectivamente de la capacitación; de qué forma esa capacitación se traduce en contenidos curriculares para que lleguen a los alumnos y con qué mecanismo se difunde la información relacionada con los cursos, en las escuelas, para garantizar que todos los docentes tengan la posibilidad de enterarse y asistir a los mismos.

Por su parte, desde el Ministerio de Educación, respondieron que el mencionado pedido de informes aún no ingresó y que lo que se está haciendo desde 2011 es “trabajar a través de dispositivos y encuentros, con el eje puesto en derechos humanos y perspectiva de género”.

La responsable del Ministerio en el área Educación Sexual para docentes, Zona Sur, Gloria Schuster, aseguró a Rosario3.com que “a partir de 2011, se llevó a cabo una convocatoria por territorio, para que cada institución educativa enviara a dos personas a los mencionados encuentros”, aunque insistió –tal como lo hizo al inicio del presente ciclo lectivo– en que “se trata de una convocatoria, no de una obligación”; es decir que “quienes asistieron lo hicieron de forma voluntaria”.

Schuster señaló que “el objetivo a lograr es que esos docentes que se capacitan, a su vez multipliquen la experiencia hacia sus colegas y puedan implementarla con los alumnos, algo que como sabemos es una tarea compleja porque es necesario escuchar las inquietudes de los chicos y retrabajarlas de manera permanente”.

Además, destacó que en todos los casos, la mencionada capacitación “se incorpora a la currícula de manera transversal (no como una materia aislada) poniendo el foco en algunos temas puntuales como estereotipos de género, sexismo en la publicidad y derecho a la información”.

Según explicó Schuster, el espacio para trabajar el tema con los alumnos de escuelas medias es el denominado “ruedas de convivencia”.

“Esto es importante porque nos permite saber cuáles son las problemáticas que se plantean con mayor frecuencia y cómo está circulando el material distribuido a los docentes”, dijo la funcionaria provincial.

Qué dice la Ley

La norma referida al Programa Nacional de Educación Sexual Integral establece, en su artículo 1º que “todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal”. Y aclara que se entiende como educación sexual integral “la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”.

El artículo 3º, dedicado a los objetivos del Programa, incluye: a) Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas; b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral; c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad; d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular; e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.

La Ley determina, en su artículo 9º que “las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, con apoyo del programa, deberán organizar en todos los establecimientos educativos espacios de formación para los padres o responsables que tienen derecho a estar informados".

"Los objetivos de estos espacios son: a) Ampliar la información sobre aspectos biológicos, fisiológicos, genéticos, psicológicos, éticos, jurídicos y pedagógicos en relación con la sexualidad de niños, niñas y adolescentes; b) Promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del niño, niña y adolescente ayudándolo a formar su sexualidad y preparándolo para entablar relaciones interpersonales positivas; c) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa".