La Cámara de Apelación de Circuito de los Tribunales de Rosario condenó a Movistar por no haber retirado una antena de un edificio después 14 meses de finalizado el contrato vinculante. Por el fallo, la empresa deberá pagar 142 mil pesos más intereses al consorcio de la torre que está ubicada en Montevideo al 2400.

La apelación fue realizada por los demandantes al considerar insuficiente el monto indemnizatorio impuesto en primera instancia. Consideraban injusto que la empresa los resarciera pagando solamente los meses que había ocupado de manera ilegítima el inmueble más el 50 por iento del monto en compensación por daños y perjuicios causados.

Para la parte actora, este tipo de condenas "alienta a que estas empresas sigan haciendo caso omiso a lo convenido en el contrato".

La Cámara de Apelación de Circuito de los Tribunales de Rosario, integrada por los jueces Ricardo Netri, Eduardo Jorge Pagnacco y René Juan Galfre, le dio la razón a los propietarios de la Torre Guaraní, situada en Montevideo al 2400.

Los demandantes esgrimieron que durante el tiempo que la empresa ocupó la terraza de forma ilegítima continuó generando ganancias, mientras que los consorcistas del edificio no tuvieron otra opción que soportar la situación, viéndose obligados a iniciar juicio por desalojo para recuperar el espacio.

No es la primera vez que Movistar recibe este tipo de condenas. El año pasado debió pagar 800 mil pesos por no haber abonado durante 4 años el alquiler de la terraza de un edificio ubicado en Mendoza y Entre Ríos.