Insultarse en los reality shows televisivos es licito, según el Tribunal Supremo de Italia, que rechazó una demanda de un participante del programa "Sobrevivientes" emitido en 2001, que acusó a otro de haberle llamado "pederasta" por las atenciones que prodigaba a otro concursante.

El concursante Franco Mancini, quien interpuso la demanda, sostuvo que la palabra pederasta, aunque pronunciada en tono jocoso, era de todas formas ofensiva.

El joven adujo también que siendo ese programa el primero de "tele realidad" emitido en Italia no sabía que estuviera voluntariamente dirigido "a los ataques verbales entre los participantes".

Además, alegó que teniendo en cuenta que el programa -transmitido por el canal privado ItaliaUno, del grupo del primer ministro, Silvio Berlusconi- estaba grabado, se tendría que haber cortado dicha secuencia, como se hizo con otras expresiones ofensivas pronunciadas durante la discusión.

Para el Tribunal Supremo, sin embargo, no se ha cometido ninguna difamación ya que para valorar "el sentido ofensivo" de la expresión usada "se debe tener en cuenta el contexto en el que se inserta ", y a los concursantes "no se les podía escapar que estaban participando en una transmisión dirigida a la pelea verbal".

El tribunal también rechazó como "irrelevante" la petición de cortar la escena, ya que a su entender la palabra en ese contexto carecía de sentido ofensivo.