"El gobernador Sergio Urribarri firmó esta semana el decreto reglamentario de la Ley Provincial de Manejo del Fuego, a través del cual la Secretaría de Medio Ambiente implementará un plan de prevención y lucha contra incendios", reveló el ministro de gobierno, Adán Bahl.

El funcionario sobrevoló en los últimos días las islas situadas frente a la capital entrerriana para observar la magnitud de gigantescos incendios iniciados por desconocidos.

El secretario de Medio Ambiente de Entre Ríos, Fernando Raffo, remarcó que "la reglamentación de la ley de Manejo del Fuego abre un nuevo escenario en la provincia".

El funcionario detalló que la legislación prevé tres grandes actores en el manejo del fuego en Entre Ríos, entre ellos la Secretaría de Medio Ambiente, que es la autoridad de aplicación y tiene a su cargo las tareas de planificación, coordinación y prevención de incendios.

Los segundos actores, una vez que el fuego está declarado, son las direcciones de Defensa Civil municipales, departamentales y provincial, y, finalmente el tercero, el cuerpo de 50 agentes policiales capacitados para el combate de los incendios forestales y rurales, que comienzan en octubre y terminan entre marzo y mayo.

Raffo precisó que, de acuerdo al mapa de zonificación de riesgo, se trabajará en tres zonas: el delta norte, con asiento en Victoria; la zona sur, con base en Villa Paranacito, y la zona del corredor del río Uruguay, con asiento en Ubajay.

"Esta zonificación apunta a la protección de áreas naturales, reservas u otros ambientes con valores con significación ambiental o ecológica y la coordinación con los municipios, juntas de gobierno y bomberos zapadores y voluntarios y entidades particulares, tal como se ha venido haciendo hasta ahora desde la Secretaría de Medio Ambiente", agregó.

Paralelamente, el organismo provincial será el encargado de confeccionar y mantener actualizado el registro de infractores, infracciones cometidas, sus consecuencias, y los daños a terceros y al ambiente.

Si la Policía de Entre Ríos, encargada de realizar el trabajo de peritaje, descubre que se realizó una quema sin previa autorización, al titular del campo se le aplicará una multa económica.

"Esta es otra ventaja que tiene la ley ya que por vía administrativa fija la aplicación de sanciones, que antes sólo se aplicaban por vía judicial", explicó Raffo.

Los montos de las multas a aplicar oscilarán entre un mínimo de 1 y un máximo de 15.000 sueldos básicos del empleado público provincial, categoría inicial del escalafón general de planta permanente. Las sanciones serán impuestas por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la acción criminal contra el infractor en caso de que su conducta encuadre en el Código Penal y de las acciones civiles que pudieran corresponder.

La Ley 9868, de manejo del fuego, prevé la creación de un fondo integrado por el 1% de la recaudación por el Impuesto Inmobiliario Rural provincial, el 75% del Impuesto Inmobiliario Rural que pertenezca al remanente no forestado, las multas con intereses y accesorios que pudieran corresponder derivadas de las infracciones a la ley y los recursos que el Estado nacional destine al manejo del fuego, entre otros.

Fuente: Télam