Un gendarme que besó a una chica contra su voluntad, lo que motivó una denuncia de la joven por abuso, fue sobreseído por la Justicia al establecerse que no existió un "deseo sexual o impúdico" de su parte sino que sentía verdadero amor por ella.

El fallo, dictado por la sala V de la Cámara del Crimen, benefició a un efectivo de Gendarmería que custodiaba a un amigo de la adolescente y había trabado con ella una relación de amistad.

Según surge de la resolución, a la que accedió Télam, en febrero pasado, M.F.C, de 16 años, se encontraba con unas amigas cuando se presentó el imputado con otro gendarme que se ofrecieron a acompañarla hasta su domicilio.

En un momento, uno de ellos, identificado como C.R.B, le habría pedido a su amigo que se retirara y cuando la joven se aprestaba a despedirse, el custodio "la habría tomado del rostro y dado un beso en la boca".

Ante tal situación, la chica le manifestó: "Qué te pasa", "estás re-desubicado" y resolvió presentar una denuncia en su contra por abuso sexual que ahora fue analizada por los camaristas Rodolfo Pociello Argerich, Mario Filozof y María Laura Garrigós de Rébori.

Durante el proceso, la "damnificada" entregó a la Justicia correos electrónicos enviados por el gendarme en los que le manifestaba sus sentimientos con frases tales como: "Te amo con todo mi corazón, parecería como si no alcanzara para vos el amor que yo siento por vos", "Te extraño muchísimo y me mantiene aquel beso que te di".

A diferencia de lo que pensaba la joven, esos mensajes y lo declarado por su pretendiente fueron lo que convencieron a los jueces de que el gendarme no tenía malas intenciones y afirmaron que "si no puede derivarse de ellas una intención vinculada a un deseo sexual o impúdico, la conducta será impune para el derecho penal".

"El beso no siempre tiene un carácter objetivamente impúdico como ocurre con otras acciones. Repárese en que, según el Diccionario de la Real Academia Española, besar es tocar u oprimir con un movimiento de labios, a impulso del amor o del deseo o en señal de amistad o reverencia", remarcaron.

En estas condiciones -afirmaron los camaristas- "entre las cuales debe resaltarse el contenido de los mensajes que habría enviado el imputado a la damnificada, es que el tribunal considera que el beso que B. le habría dado a C. carece del contenido sexual que la figura penal en estudio exige".

Fuente: Télam