No cumplir con la ley antitabaco podría salir demasiado caro. Es que los senadores provinciales le dieron media sanción a una norma que complementa la prohibición de fumar en lugares públicos y privados, como bares y restaurantes, y fija multas de hasta nueve mil pesos para los propietarios de comercios. Las sanciones, aprobadas este jueves a la tarde por la Cámara alta, serán de 300 pesos para los que cometan la infracción por primera vez, aunque el juez de Faltas correspondiente podría perdonar la primera ocasión en que un fumador viole la ley provincial. La segunda vez que el propietario sea agarrado in fraganti debería pagar entre 450 y mil pesos. Mientras que desde la tercera falta en adelante, abonaría entre mil y 4.500 pesos, según la actitud y el lugar en donde quiebre la norma. Además, si los diputados provinciales convierten esta iniciativa con media sanción en ley complementaria, habría un agravante: las multas se duplicarán si la falta es cometida en presencia de niños o mujeres embarazadas. Por otro lado, las empresas tabacaleras tendrían sanciones económicas de entre 65 mil y 300 mil pesos si incumplen las pautas que regulan su acción publicitaria. El paquete de sanciones será debatido ahora en la Cámara baja de la provincia. La ley antitabaco fue aprobada el año que pasó en Santa Fe y desde enero de este año se aplica con suerte dispar, más aún con la ausencia de un castigo que esta ley complementaria viene a solucionar. La ley debutó con un bajo acatamiento y con el correr del tiempo algunos bares se decretaron en franca rebeldía, como por ejemplo El Cairo de Rosario, en donde sí se puede fumar.