El Ministerio Público de la Acusación (MPA) enfrenta por estos días al menos dos frentes, uno interno y otro externo, que quedaron expuestos en presentaciones o resoluciones que le dan carácter formal.

Hacia afuera, los funcionarios del MPA –agrupados en la Asociación de Fiscales–interpusieron una “acción mere declarativa” de inconstitucionalidad de la ley que modifica el sistema de remoción de sus cargos y que le da superpoderes a los legisladores.

Según detalló el periodista del Tres Hernán Funes, la presentación se realizó con el patrocinio de los abogados Hernán J. y Hernán A. Martínez y recayó en el juzgado Civil y Comercial N°17 de Rosario, a cargo de Silvia Beduino.

Según la ley aprobada, el fiscal general, los fiscales y fiscales adjuntos “podrán ser removidos de su cargo a solicitud del Poder Ejecutivo o de un legislador provincial por las causales de mal desempeño o comisión de delito doloso”.

La presentación contra esa norma señala, entre varios argumentos, que "admitir la vigencia de esta ley en el marco de la normativa santafesina implicará consagrar el control político legislativo sobre el Ministerio Público de la Acusación, desplazando el razonable y lógico control legal y técnico que corresponde al Poder Judicial sobre la labor de los fiscales; violará su independencia y autonomía".

La ley fue sancionada a finales de 2017 por la Legislatura, en su última sesión, sin aviso previo ni debate en el recinto. Como marco, los meses anteriores había trascendido una pedido de los legisladores de avanzar sobre un hecho ya juzgado contra los fiscales Sebastián Narvaja y Adrián Mac Cormack, los mismos que tenían a cargo distintas investigaciones contra un grupo de senadores santafesinos por el manejo de los subsidios.

La norma, tras ser sancionada, no fue vetada por el gobernador Miguel Lifschitz –lo que sí hizo con una decena– y fue reglamentada a comienzos de este 2018, por lo que ya está en vigencia. De hecho, la Auditora de Gestión María Cecilia Vranicich envió todos los sumarios abiertos a la Legislatura.

Duros términos en el mapa interno

Por fuera del proceso disciplinario, no son pocos los que se sorprendieron con los términos expresados en una resolución por el Fiscal General, Jorge Baclini, contra el jefe de los fiscales de Rosario, Patricio Serjal. Fue ante una apelación del fiscal Adrián Mac Cormack a su remoción en la causa donde investigan al agente de viajes Luis Rodolfo “Lucho” Paladini por estafa.

Como entre los argumentos el fiscal regional Serjal señala que Mac Cormack había sido denunciado anteriormente por los defensores de Paladini, Paul Krupnik y José Nanni (justamente en aquélla que aún ya cerrada tuvo un nuevo impulso en la Legislatura provincial), Baclini aclara que una medida como el apartamiento de un fiscal debe ser "excepcional y anormal" y "debe fundarse en motivos graves que puedan afectar la objetividad o eficacia de su desempeño" y que en el caso en la denuncia formulada "no hay hechos concretos en relación a la actividad fiscal que demuestren animosidad de conducirse en un modo distinto al que la ley impone".

"Se funda sólo en la denuncia penal contra el fiscal, formulada por quienes son abogados del denunciado", especifica. Y aclara: "Ese hecho en sí mismo no configura una causa que permita concluir en la pérdida de objetividad o la alta sospecha de que ello suceda, como la medida de apartamiento lo requiere".

"Dicha causal podría ser fácilmente utilizada para eludir la intervención de cualquier iscal, en un caso concreto y en el futuro, con el sólo hecho de efectuar una denuncia penal en su contra para luego peticionar su apartamiento", subrayó Baclini, quien declaró “la inexistencia de elementos que evidencien la pérdida de objetividad” de parte de Mac Cormack.

Pese a ello, remarcó que “resulta acertado que el legajo se siga tramitando en la Unidad Fiscal especializada", la cual es Delitos Complejos y Económicos, de la cual Mac Cormack ya no forma parte.