La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la Unión de Usuarios y Consumidores y declaró la inconstitucionalidad del decreto 2067/08 por el cual se establecía el cargo gas, destinado a financiar un fondo para la importación de gas.

El cuestionado rubro –que provocó sustanciales aumentos en las tarifas del fluído– fue creado por el Poder Ejecutivo Nacional como un fondo fiduciario orientado a atender las necesidades de importación de gas natural y garantizar el suministro del combustible, lo que provocó aumentos desmesurados en las tarifas del gas.

“Nos da mucha satisfacción que la Justicia haya fallado en este sentido sobre una presentación hecha por nosotros”, afirmó en diálogo con Rosario3.com, Valeria Vaccaro, titular de la Unión de Usuarios y Consumidores, y destacó que se trata de la primera sentencia a nivel país que se pronuncia con la medida principal.

El juzgado Nº 1 de los Tribunales Federales de Rosario, a cargo de Héctor Zucchi, declaró la insconstitucionalidad del decreto en cuestión, e hizo lugar a los argumentos presentados por la ONG que defiende a los consumidores. La misma había cuestionado que por decreto se creara un cargo que recaía sobre la tarifa de gas, ya que según la Constitución Nacional, se trata de una facultad del Congreso Nacional.

“Si bien el fallo en primera instancia no es definitivo –habrá apelaciones, y esto motivará seguramente, el paso del expediente por la Cámara y finalmente por la Corte Suprema de Justicia–, para nosotros es una noticia alentadora”, aclaró Vaccaro y sugirió a quienes reciban facturas en estos días con el aumento aplicado, que concurran a Litoral Gas a pagar, y no lo hagan en los bancos o rapipagos.

El consejo dado por la ONG se basa en que sólo la empresa puede cobrar la factura delindando los rubros, de modo que los usuarios sólo pagarán allí el cargo fijo y el importe correspondiente al consumo de gas, pero no el cargo fiduciario por gas importado, aunque esté incluido en la boleta.

Vaccaro mostró su preocupación porque a pesar de que la empresa debía “devolver” o “acreditar” el importe cobrado indebidamente en este concepto, a un número importante de consumidores, en muchos casos no lo hizo en el porcentaje correcto, sino calculando un monto inferior.

Unión de Usiarios y Consumidores. Tel.: 0341 - 4450474