La Corte Internacional de Justicia de La Haya negó el pedido de medida cautelar planteado por Uruguay para obligar a la Argentina a liberar las rutas que conectan ambas naciones y que ciudadanos entrerrianos mantienen cortadas en protesta por la construcción de una pastera que consideran contaminante. 

Estos son los puntos principales del fallo: 

"La Corte no encuentra que en las circunstancias actuales exista un riesgo inminente de perjuicio irreparable a los derechos de Uruguay en la disputa por los cortes en los puentes y rutas que comunican Argentina con Uruguay". 
 
"La Corte no está convencida de que los cortes de ruta lleven consigo el riesgo de daño irreparable a los derechos de Uruguay". 

"No está demostrado tampoco que de existir ese riesgo sea inminente". 
 
"Por lo tanto, la Corte considera que los bloqueos no justifican la indicación de las medidas cautelares solicitadas por Uruguay". 
 
"La Corte reitera su lamado a las partes, tal como lo hizo en la orden del 13 de julio, para cumplir con sus obligaciones bajo la ley internacional". 

La Corte también llama a las partes a "implementar de buena fe los procedimientos de consultas y cooperación que determina el Estatuto de 1975 (del Río Uruguay) " y a "evitar cualquier acción que pueda hacer más dificultosa la resolución de esta disputa". 

La Corte reitera su pedido a las partes, tal como lo hizo en anteriores oportunidades, "a continuar el diálogo en vistas de encontrar una solución al conflicto". 

La resolución de la Corte se tomó por 14 votos contra uno, que correspondió al juez ad hoc de Uruguay, Torres Bernárdez. 

Que dijo Uruguay

Las medidas cauteleras solicitadas por Uruguay y denegadas por la Corte son tres: "prevenir o poner fin a la interrupción de la circulación entre ambos Estados", que Argentina "se abstenga de tomar cualquier medida que agrave, extiende o empeore la situación de la disputa" y que "se abstenga de tomar otra medida que perjudique los derechos de Uruguay en la disputa ante la Corte". 

Uruguay pidió a la Corte la indicación de medidas provisionales el 29 de noviembre en base al corte por tiempo
indeterminado que inició el 20 de noviembre la Asamblea Ambientalista de Gualeguaychú.

Uruguay dice, según consta en el fallo de la Corte, que "grupos organizados de ciudadanos bloquearon un puente vital" sobre el Río Uruguay, ocasionando "perjuicio económico enorme" sin que el gobierno argentino haya tomado cartas en el asunto.  

Uruguay pide a la Corte que ordene a la Argentina tomar "medidas razonables y apropiadas" para prevenir o poner fin al bloqueo del tránsito que tiene lugar en Gualeguaychú "por tiempo indeterminado", en Colón en forma intermitente y en Concordia esporádicamente. 

Uruguay dice que los bloqueos constituyen una acción ilegal que viola y amenaza con dañar en forma irreparable sus derechos que trata de defender ante la Corte. 

Qué dijo Argentina

Argentina dice que los cortes son "esporádicos", "parciales" y "geográficamente localizables" sin que tengan "impacto" en la construcción de la planta pastera.  

Argentina cuestionó la jurisdicción de la Corte en las audiencias del 18 y 19 de diciembre para indicar las medidas
cautelares solicitadas por Uruguay por considerar que los bloqueos se realizan en rutas argentinas y no en puentes internacionales.